La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) organizó una jornada para analizar las consecuencias de la entrada en vigor del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT). En el encuentro participaron representantes de la Administración como Marta Santamaría, subdirectora general de Ordenación y Normativa de la Dirección General de Transporte Terrestre, para intentar resolver algunas de las cuestiones más importantes que supone dicho cambio.

Imagen de los asistentes a la jornada que organizó la CETM. (TRANSPORTE PROFESIONAL)

Santamaría trató los objetivos que se persigen con el ROTT como la reducción de las cargas administrativas de las empresas, el refuerzo de la profesionalización de las mismas, en las que la nueva figura del gestor de transporte va a cobrar una gran importancia,  y la modificación parcial y derogación de otras normas reglamentarias para poder simplificar el acceso a la profesión.

También participó en el encuentro Alicia Rubio, subdirectora general de Inspección de la Dirección General de Transporte que trató en su intervención una de los aspectos que más polémica suscita, la pérdida de la honorabilidad.

En este sentido Rubio explicó quiénes pueden perder la honorabilidad (personas físicas o jurídicas condenadas a pena de inhabilitación especial que impida el ejercicio de las profesiones de transportista, gestor de transporte, etc.), y que conlleva, además de la suspensión de las autorizaciones de transporte, la inhabilitación de la persona en cuestión para ser titular de tales autorizaciones, así como para ejercer la actividad de gestor de transporte 365 días si la causa es una sanción administrativa.

 “El gestor sólo perderá la misma si la pierde la empresa. Además, el propio gestor no la perderá aunque la pierda la empresa si en el momento que se cometió la infracción no era gestor de la dicha empresa o no afectaba a una de sus funciones”, aclaró.

 

En cuanto a las infracciones, la representante ministerial, ante las dudas que ha suscitado la prohibición de descanso en cabina para el descanso semanal normal de 45 horas o más, dejó claro que “no se computarán como descanso los periodos en que no se hayan cumplido todas las condiciones señaladas al efecto en la reglamentación comunitaria sobre tiempos de conducción y descanso”.

Cambios en la formación

La jornada también contó con la intervención de Juan Pablo Escamilla, director de formación de la CETM, que trató los cambios en la normativa de formación CAP y del permiso de conducción.

La Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que se aprobó el 2 de mayo de 2018 y que debe estar traspuesta el 23 de mayo de 2020 abrirá la puerta a nuevas alternativas como la obtención de Mercancías Peligrosas o transporte de animales y la inclusión de formación on-line en una parte del programa. Escamilla recordó que aún hay tiempo “para debatir y madurar propuestas para trasladárselas a la Administración” ya que la estructura del CAP es más flexible.

En el acto también hubo ocasión para que Joseba Elorrieta, director de Postventa y Calidad de Continental, diera a conocer las características del nuevo tacógrafo digital, más conocido como ‘tacógrafo 4.0 o inteligente’.

Para finalizar, el presidente en funciones de la CETM, Carmelo González, anunció que el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), que él mismo preside, va a impugnar el ROTT principalmente en lo que se refiere a su regulación relativa a la pérdida de honorabilidad.