REGISTRO DE DOMINIOS
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EJEMPLOS DE DOMINIOS

Lo primero:  Elegir el nombre del dominio.  ¿Qué dominio registramos?:  El nombre de nuestra empresa o nuestra marca comercial.

Basándonos en las prohibiciones y experiencias hasta el momento, a continuación damos dos de los ejemplos más comunes a la hora de elegir un nombre de dominio. La lista de prohibiciones es larga, pero éstos son los que con más frecuencia nos encontramos. Si tiene dudas para elegir su dominio, consúltenos.

NOMBRE DE LA EMPRESA: Transportes Fernández, S.A

Dominio solicitado:
fernandez.es

  • Prohibiciones: Se componga exclusivamente de nombres propios o apellidos, salvo cuando se corresponda literalmente con una marca o nombre comercial registrado en la OEPM a nombre de la organización solicitante del dominio.

Opciones: ttes-fernandez.es // tfernandez.es // fernandez-sa.es // sa-fernandez.es

NOMBRE DE LA EMPRESA: A.T. Pirineos, S.L.

Dominio solicitado: pirineos.es

  • Prohibiciones: Se componga exclusivamente de un topónimo, por ejemplo: países, regiones, provincias, comarcas, municipios, pueblos, islas, gentilicios, montañas, mares, lagos, ríos, monumentos, etc.

Opciones: atpirineos-sl.es // agenciapirineos.es

Recomendaciones para elegir un nombre de dominio:

* Utilice el nombre completo que aparece en sus escrituras (es el que constará en el registro correspondiente y el ES-NIC lo consulta) o en el Certificado de Marca Registrado si es el caso.
* Si su empresa utiliza un nombre propio o un topónimo como denominación social, utilice el resto del nombre registrado para complementarlo en la forma que más le convenga, como se indica en los ejemplos ( p. ej.: Añadiendo las siglas de la forma jurídica, con un guión).

No olvide consultar todas las normas y prohibiciones. Si tiene alguna duda, póngase en contacto con nosotros:  dominios@cetm.es

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DOCUMENTACIÓN NECESARIA

A continuación relacionamos los documentos que deben remitir para el registro de su dominio, aunque el ES-NIC puede solicitar, si lo considera necesario, cualquier otro documento justificativo.

A.-

Formulario de solicitud cumplimentado
B.- Fotocopia clara del C.I.F. de la Empresa/Organización

C.-

ASOCIACIONES: Fotocopia del Certificado de Registro y/o primeras tres páginas de los Estatutos, con el sello legible del registro correspondiente
D.- MARCAS REGISTRADAS: Fotocopia del Certificado de la OEPM
E.- Formulario de solicitud Firmado (FSF) (Formato PDF)(Si no dispone de Acrobat Reader, solicite un ejemplar en dominios@cetm.es)

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TARIFAS
Alta del dominio Mantenimiento anual:
A pagar al ES-NIC 12.000 Pts. /72,12 € 8.000 Pts./48,08 €
A pagar a CETM 5.000 Pts./30,05 € 2.000 Pts./12,02 €

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REQUISITOS Y NORMAS DE PROCEDIMIENTO

Enviar toda la documentación requerida, por correo postal, a CETM Informática (López de Hoyos, 322 - 28043 Madrid), quien registrará su dominio y será su único interlocutor con el ES-NIC.

FIN DE LA GESTIÓN

Cuando el ES-NIC aprueba la solicitud del dominio, comunica a CETM el envío de la correspondiente factura y un ejemplar de FSF (Formulario de Solicitud Firmado) a la empresa/organización solicitante.  Simultáneamente, en la base de datos del ES-NIC se publica el dominio registrado con todos los datos aportados por la empresa.  Es decir, el dominio está "dado de alta" con la fecha de la comunicación a CETM.

Las instrucciones para el pago de la factura deben seguirse AL PIE DE LA LETRA, y una vez efectuado el pago, deberá enviar a CETM copia del justificante, y el FSF firmado y cumplimentado, a excepción del apartado (2) cuyos datos se cumplimentan en CETM.  El plazo para el abono y justificación del mismo es de UN MES, a contar desde la fecha de comunicación del alta.  Si en ese periodo de tiempo no se abona el importe correspondiente, el dominio queda anulado, y habría que volver a empezar la gestión desde el principio.

La gestión del registro de dominio finaliza una vez enviados estos documentos al ES-NIC, no habiendo más comunicación por su parte a partir de este momento.

OBSERVACIONES:

* Tiempos de respuesta:  En condiciones normales, el ES-NIC tarda de 15 a 20 días en procesar la solicitud de registro de dominio. Sin embargo, hay periodos en los que, suponemos que por acumulación de solicitudes, pueden tardar hasta un mes en procesarla. Los precios indicados no incluyen IVA.* Solo podrán registrar un nombre de dominio de DNS de segundo nivel bajo "es" organizaciones legalmente establecidas en España, entendiendo como tal toda persona jurídica de derecho público o privado debidamente constituida de acuerdo con el marco normativo que las regule. (.....)

* No podrán registrar dominios de DNS de segundo nivel bajo "es" las personas físicas (particulares, trabajadores autónomos, etc.) (.....)

* Solo esta permitido registrar un único dominio de segundo nivel bajo "es" por organización. (.....)

ES-NIC EXIGE que todas las personas de contacto ya sea administrativo, técnico o de facturación tengan dirección de correo electrónico. Esta dirección no tiene que ser de CETM (es decir, no tiene que ser del tipo nombre@cetm.es) no obstante la Confederación puede darle el acceso a Internet y dirección de correo.


FIN DE LA GESTIÓN

Cuando el ES-NIC aprueba la solicitud del dominio, comunica a CETM el envío de la correspondiente factura y un ejemplar de FSF (Formulario de Solicitud Firmado) a la empresa/organización solicitante.  Simultáneamente, en la base de datos del ES-NIC se publica el dominio registrado con todos los datos aportados por la empresa.  Es decir, el dominio está "dado de alta" con la fecha de la comunicación a CETM.

Las instrucciones para el pago de la factura deben seguirse AL PIE DE LA LETRA, y una vez efectuado el pago, deberá enviar a CETM copia del justificante, y el FSF firmado y cumplimentado, a excepción del apartado (2) cuyos datos se cumplimentan en CETM.  El plazo para el abono y justificación del mismo es de UN MES, a contar desde la fecha de comunicación del alta.  Si en ese periodo de tiempo no se abona el importe correspondiente, el dominio queda anulado, y habría que volver a empezar la gestión desde el principio.

La gestión del registro de dominio finaliza una vez enviados estos documentos al ES-NIC, no habiendo más comunicación por su parte a partir de este momento.

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