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	<title>UE | Confederación Española de Transporte de Mercancías</title>
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	<description>🚚 Entra en la web de la CETM, la organización que agrupa a más de 31.000 empresas de transporte. Noticias ✓  Servicios Sintra ✓  Formación ✓ SolRed ✓</description>
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		<title>Rusia prohíbe la entrada a los transportistas europeos a partir del próximo 10 de octubre</title>
		<link>https://www.cetm.es/rusia-prohibe-la-entrada-a-los-transportistas-europeos-a-partir-del-proximo-10-de-octubre/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Oct 2022 11:43:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[empresas de transporte]]></category>
		<category><![CDATA[guerra Ucrania]]></category>
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		<category><![CDATA[Rusia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Gobierno ruso ha anunciado este fin de semana que a partir del próximo 10 de octubre no permitirá la entrada de vehículos de empresas de transporte de los países [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/rusia-prohibe-la-entrada-a-los-transportistas-europeos-a-partir-del-proximo-10-de-octubre/">Rusia prohíbe la entrada a los transportistas europeos a partir del próximo 10 de octubre</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Gobierno ruso ha anunciado este fin de semana que a partir del próximo 10 de octubre no permitirá la entrada de vehículos de empresas de transporte <strong>de los países que considera &#8220;inamistosos&#8221;</strong> por emprender acciones legales contra Rusia.</p>
<p>Tal y como ha informado la <a href="https://www.iru.org/" target="_blank" rel="noopener">IRU</a> a la CETM, mediante el Reglamento nº 1728, de fecha 30 de septiembre de 2022, se prohíbe que determinados vehículos de transporte de mercancías extranjeros, propiedad de transportistas extranjeros y matriculados en Estados extranjeros, realicen operaciones de transporte por carretera en territorio ruso. La prohibición <strong>abarca todos los tipos de operaciones de transporte por carretera</strong>: bilaterales, de tránsito y hacia/desde terceros países.</p>
<p>Los países afectados son: los Estados miembros de la<strong> Unión Europea, Ucrania, Reino Unido y Noruega</strong>.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Excepciones </strong></span></h3>
<p>Si bien, el Gobierno ruso <strong>ha publicado</strong> <strong>una lista de excepciones</strong> en las que si permitirá la entrada de esos vehículos:</p>
<p><img decoding="async" class=" wp-image-13619 alignleft" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2022/10/ICONO_1.jpg" alt="" width="262" height="284" srcset="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2022/10/ICONO_1.jpg 473w, https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2022/10/ICONO_1-277x300.jpg 277w" sizes="(max-width: 262px) 100vw, 262px" /></p>
<ol>
<li>Los vehículos de carga extranjeros propiedad de operadores de transporte extranjeros y registrados en estados extranjeros, <strong>que se encontraban en territorio ruso en la fecha de entrada en vigor</strong> de este Reglamento, siempre que salgan de Rusia dentro de los 7 (siete) días siguientes a la fecha de entrada en vigor del Reglamento.</li>
<li>Las operaciones de transporte de mercancías <strong>en tránsito por carretera con el propósito de regresar al país de registro</strong>, siempre que los vehículos de carga propiedad de los operadores de transporte extranjeros y registrados en los estados extranjeros entren y salgan de Rusia dentro de los 7 (siete) días a partir de la fecha de entrada en vigor del Reglamento.</li>
<li>Operaciones de transporte internacional por carretera de <strong>envíos postales.</strong></li>
<li>Las operaciones de transporte internacional por carretera de mercancías incluidas en la lista de excepciones en el anexo adjunto. (Disponible en español <strong><a href="https://www.cetm.es/add/BancoDeDocumentos/noticias/listado_excepciones_rusia.pdf" target="_blank" rel="noopener">AQUÍ</a></strong>).</li>
<li>Las operaciones de transporte internacional por carretera realizadas desde el territorio de los estados extranjeros en el territorio de <strong>la región de Kaliningrado</strong> y viceversa.</li>
<li><strong>Transbordo de mercancías</strong> <strong>a vehículos rusos o bielorrusos</strong>, siempre que estos operadores de transporte tengan permisos para el tramo anterior y/o posterior, si es pertinente, y viceversa.</li>
<li><strong>Intercambio de remolques y semirremolques con vehículos rusos o bielorrusos</strong>, siempre que estos operadores de transporte dispongan de permisos para el tramo anterior o posterior, si procede, y viceversa.</li>
</ol>
<p>Cabe destacar, que para los puntos 4 a 7, la cantidad de combustible en los depósitos de los vehículos de transporte de mercancías extranjeros que salen de Rusia <strong>no debe superar los 200 litros</strong>.</p>
<p>Por otra parte, para los escenarios descritos en los puntos 6 y 7, el intercambio y el transbordo sólo se permite <strong>en las zonas designadas de control aduanero situadas en</strong>:</p>
<ul>
<li>Región de Kaliningrado (todos los distritos municipales)</li>
<li>Región de Leningrado (distrito municipal de Vyborg, distrito municipal de Kingisepp)</li>
<li>Región de Murmansk (la ciudad de Murmansk, el distrito municipal de Pechengky, el distrito de Kolsky, el distrito de Kandalaksha)</li>
<li>Región de Pskov (la ciudad de Pskov, el distrito de Sebezh, el distrito de Pechora, el distrito de Pytalovsky)</li>
<li>República de Carelia (distrito urbano de Kostomuksha, distrito de Lakhdenpokhsky, distrito de Loukhsky, distrito de Sortavalsky)</li>
<li>San Petersburgo.</li>
</ul>
<p>IMPORTANTE: La prohibición <strong>estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022</strong>.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Rusia prohíbe el transporte internacional a países &#8220;hostiles&#8221; </strong></span></h3>
<p>Otra de las medidas que ha tomado Rusia ante las sanciones que está recibiendo, es<strong> la prohibición del transporte de mercancías internacional por carretera</strong> hacia los países de la <strong>Unión Europea</strong>, así como Estados Unidos, Japón, Corea del Sur, Australia, Albania, Andorra, Reino Unido, Islandia, Canadá, Liechtenstein, los Estados Federados de Micronesia, Mónaco, Nueva Zelanda, Noruega, San Marino, Macedonia del Norte, Singapur, Taiwán, Ucrania, Montenegro y Suiza.</p>
<p>Rusia responde así a los países que considera &#8220;hostiles&#8221; por su oposición al ataque a Ucrania.</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/rusia-prohibe-la-entrada-a-los-transportistas-europeos-a-partir-del-proximo-10-de-octubre/">Rusia prohíbe la entrada a los transportistas europeos a partir del próximo 10 de octubre</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Reino Unido retrasa la entrada en vigor de los controles de importación de productos de la UE</title>
		<link>https://www.cetm.es/reino-unido-retrasa-la-entrada-en-vigor-de-los-controles-de-importacion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Sep 2021 14:30:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[CETM]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Embajada de Reino Unido en Madrid ha informado a la CETM de la decisión que ha tomado el primer ministro británico, Boris Johnson, tras una serie de reuniones ministeriales [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/reino-unido-retrasa-la-entrada-en-vigor-de-los-controles-de-importacion/">Reino Unido retrasa la entrada en vigor de los controles de importación de productos de la UE</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Embajada de Reino Unido en Madrid ha informado a la CETM de la decisión que ha tomado el primer ministro británico, Boris Johnson, tras una serie de reuniones ministeriales que le han llevado al <strong>retraso de la entrada en vigor de los controles de importación</strong> de productos de la UE.</p>
<p>Esta determinación se debe a <strong>la presión que existe actualmente en las cadenas de suministro mundiales (</strong>particularmente en el sector agroalimentario), causada por la pandemia del Covid-19 y el aumento de los costes del transporte de mercancías.</p>
<h2><span style="color: #003366;"><strong>Así es el nuevo calendario </strong></span></h2>
<p>El Gobierno británico considera que este nuevo cronograma beneficiará a las empresas, ya que tendrán más tiempo para adaptarse a los controles. Asimismo, el ministro de Estado de la Oficina del Gabinete, Lord Frost, ha señalado que el gobierno &#8220;sigue en camino&#8221; para entregar nuevos sistemas, infraestructuras y recursos.</p>
<p>El calendario revisado queda de la siguiente manera:</p>
<p><strong><span style="color: #000080;">1 de enero de 2022</span></strong></p>
<ul>
<li>Controles aduaneros completos (tal y como estaba previsto)</li>
<li>Notificación previa para productos sanitarios y fitosanitarios (anteriormente iban a implementarse el 1 de octubre de 2021)</li>
</ul>
<p><strong><span style="color: #000080;">1 de julio de 2022</span></strong></p>
<ul>
<li>Controles sanitarios y fitosanitarios completos (anteriormente iban a introducirse el 1 de enero de 2022)</li>
<li>Declaraciones de seguridad y protección para los movimientos entrantes (anteriormente iban a implementarse el 1 de enero de 2022)</li>
</ul>
<p>Por otra parte, cabe destacar que la Embajada de Reino Unido en Madrid ha actualizado el <a href="https://www.cetm.es/manual-para-transportistas-entre-reino-unido-y-la-ue-tras-el-brexit/" target="_blank" rel="noopener">Manual</a> de instrucciones para el transporte de mercancías entre Gran Bretaña y la Unión Europea y está disponible en español en el siguiente enlace: <a href="https://www.gov.uk/guidance/transporting-goods-between-great-britain-and-the-eu-by-roro-freight-guidance-for-hauliers.es" target="_blank" rel="noopener">https://www.gov.uk/guidance/transporting-goods-between-great-britain-and-the-eu-by-roro-freight-guidance-for-hauliers.es</a></p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/reino-unido-retrasa-la-entrada-en-vigor-de-los-controles-de-importacion/">Reino Unido retrasa la entrada en vigor de los controles de importación de productos de la UE</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Exenciones temporales a las restricciones a la circulación de camiones en Alemania</title>
		<link>https://www.cetm.es/exenciones-temporales-a-las-restricciones-a-la-circulacion-de-camiones-en-alemania/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Dulsé Diaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 22 Jul 2021 11:20:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Según podido conocer la CETM a través de la IRU, las regiones alemanas de Baden-Württemberg, Baviera, Brandeburgo, Bremen, Hesse, Mecklemburgo-Pomerania Occidental, Baja Sajonia, Renania del Norte-Westfalia, Renania-Palatinado, Sarre, Sajonia y [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/exenciones-temporales-a-las-restricciones-a-la-circulacion-de-camiones-en-alemania/">Exenciones temporales a las restricciones a la circulación de camiones en Alemania</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Según podido conocer la <a href="https://www.cetm.es/noticias/" target="_blank" rel="noopener">CETM</a> a través de la IRU, las regiones alemanas de Baden-Württemberg, Baviera, Brandeburgo, Bremen, Hesse, Mecklemburgo-Pomerania Occidental, Baja Sajonia, Renania del Norte-Westfalia, Renania-Palatinado, Sarre, Sajonia y Sajonia-Anhalt <strong>han eliminado, de manera temporal</strong>, tanto la prohibición de que los camiones circulen los <strong>domingos o festivos</strong>, entre las 00:00 y las 22:00 horas, como la que circulen <strong>los sábados de verano</strong> (del 1 de julio hasta el 31 de agosto) desde las 07:00 a las 20:00 horas.</p>
<p>Esta excepción va dirigida <strong>exclusivamente</strong> a los transportes que se realizan en el contexto de la ayuda o la eliminación de los graves daños ocasionados por <a href="https://www.elperiodico.com/es/internacional/20210720/inundaciones-alemania-haber-provocado-2-11926820" target="_blank" rel="noopener">las inundaciones en el oeste de Alemania</a>.</p>
<p>Estas exenciones serán válidas <strong>hasta el 1 de agosto de 2021</strong> inclusive, a excepción de la región de Renania-Palatinado, donde estarán en vigor hasta nuevo aviso, pero no más allá del 31 de agosto de 2021.</p>
<p>En las regiones alemanas de Berlín, Hamburgo, Schleswig-Holstein y Turingia <strong>no se han levantado las restricciones,</strong> por lo que se mantienen las prohibiciones habituales.</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/exenciones-temporales-a-las-restricciones-a-la-circulacion-de-camiones-en-alemania/">Exenciones temporales a las restricciones a la circulación de camiones en Alemania</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Portugal prohíbe a los conductores la carga y descarga de mercancías</title>
		<link>https://www.cetm.es/portugal-prohibe-a-los-conductores-la-carga-y-descarga-de-mercancias/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Dulsé Diaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Jul 2021 08:53:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El 13 de septiembre entrará en vigor en Portugal el Decreto Ley N° 57/2021 de 13 de julio, por el que se regulará la carga y descarga de mercancías, tanto [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/portugal-prohibe-a-los-conductores-la-carga-y-descarga-de-mercancias/">Portugal prohíbe a los conductores la carga y descarga de mercancías</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El 13 de septiembre entrará en vigor en Portugal el <strong><a title="Decreto Ley N° 57/2021 de 13 de julio" href="https://www.cetm.es/add/Noticias/PDFS/DL57_2001-ContratodetransportePortugal-regulacioncargasydescargas.pdf" target="_blank" rel="noopener">Decreto Ley N° 57/2021 de 13 de julio</a></strong>, por el que se regulará la carga y descarga de mercancías,<strong> tanto de transporte nacional como internacional</strong>, que se realicen en dicho territorio, incluidos los tiempos de espera.</p>
<p>Este Decreto Ley limita expresamente la participación de los conductores en las labores de carga y descarga, estableciendo que dichas operaciones deben ser realizadas, respectivamente, por el expedidor y el destinatario, que deberán recurrir, en todo caso, <strong>a trabajadores formados en estas actividades, que no sean conductores</strong>. Aunque se admite el pacto en contrario, el transportista deberá asumirlo mediante pacto expreso y también tendrá que realizarlo con trabajadores formados para estas funciones y que no sean conductores.</p>
<p>En consecuencia, con la entrada en vigor de esta normativa los conductores solo podrán realizar los trabajos de carga y descarga de las mercancías <strong>en los siguientes casos</strong>:</p>
<ul>
<li>Distribución de mercancías de almacenes a tiendas, mudanzas y puerta a puerta.</li>
<li>Transporte de combustibles, graneles y portavehículos, sin perjuicio de las disposiciones especiales para mercancías peligrosas.</li>
</ul>
<p>La infracción por incumplir esta prohibición tendría <strong>la consideración de muy grave</strong>.</p>
<p>Además, la norma se aplicaría a todas las cargas y descargas realizadas en Portugal, <strong>independientemente de la nacionalidad de la empresa de transportes</strong> o del conductor.</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/portugal-prohibe-a-los-conductores-la-carga-y-descarga-de-mercancias/">Portugal prohíbe a los conductores la carga y descarga de mercancías</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Carta de Ovidio de la Roza a José Luis Ábalos:  “reclamamos la actuación inmediata del gobierno para que los conductores atrapados en Francia y Reino Unido vuelvan a sus casas con urgencia”</title>
		<link>https://www.cetm.es/carta-de-ovidio-de-la-roza-a-jose-luis-abalos-reclamamos-la-actuacion-inmediata-del-gobierno-para-que-los-conductores-atrapados-en-francia-y-reino-unido-vuelvan-a-sus-casas-con-urgencia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Dulsé Diaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 22 Dec 2020 11:17:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La actuación de las empresas de transporte y de nuestros conductores durante el transcurso de toda la pandemia del Covid-19 está siendo ejemplar, tanto por su implicación y compromiso por [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/carta-de-ovidio-de-la-roza-a-jose-luis-abalos-reclamamos-la-actuacion-inmediata-del-gobierno-para-que-los-conductores-atrapados-en-francia-y-reino-unido-vuelvan-a-sus-casas-con-urgencia/">Carta de Ovidio de la Roza a José Luis Ábalos:  “reclamamos la actuación inmediata del gobierno para que los conductores atrapados en Francia y Reino Unido vuelvan a sus casas con urgencia”</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La actuación de las empresas de transporte y de nuestros conductores durante el transcurso de toda la pandemia del Covid-19 <strong>está siendo ejemplar</strong>, tanto por su implicación y compromiso por no dejar desabastecidos los mercados, <strong>atendiendo las necesidades de los ciudadanos</strong> sin ningún tipo de reticencias a pesar de los riesgos asumidos, como por su esfuerzo para conseguir que la vida continúe con cierta normalidad.</p>
<p>Sin embargo, parece ser que las medidas adoptadas de forma unilateral por los distintos estados miembros de la Unión Europea están haciendo imposible cumplir el principio básico acordado de <strong>mantener los corredores abiertos</strong> <strong>para el movimiento de mercancías</strong>, también conocidos como ‘Green Lines’, que son imprescindibles para que la sociedad, la industria y el comercio sigan funcionando con normalidad.</p>
<p>Hoy más que nunca, necesitamos contar con el <strong>apoyo de nuestro Gobierno</strong> para que intervenga de forma activa en la búsqueda de soluciones ágiles, lo que implica <strong>atender de forma inmediata las necesidades básicas</strong> de nuestros conductores atrapados en Francia y Reino Unido, así como interpelar, tanto al gobierno francés como a la Comisión Europea, para que dichos conductores tengan la posibilidad de poder <strong>retornar a sus lugares de procedencia con la mayor urgencia posible</strong>.</p>
<p>Si de lo que se trata es de <strong>evitar que se extienda la nueva variante del Covid-19</strong> detectada en el Reino Unido, difícilmente se va a conseguir generando <strong>aglomeraciones innecesarias</strong> de miles de conductores abandonados en las cunetas o en aparcamientos disuasorios, improvisados de cualquier manera, sin las atenciones mínimas necesarias para que las personas allí hacinadas puedan cumplir con sus necesidades más básicas de comida, descanso y aseo, sin incrementar al mismo tiempo la posibilidad de un contagio por el elevado nivel de concentración creado.</p>
<p>En nuestra opinión, la mejor medida de seguridad contra la propagación del virus para cualquier transportista en este momento, es poner kilómetros de por medio en el espacio seguro de sus cabinas, <strong>no intervenir en las operaciones de carga y descarga</strong> y limitar al mínimo los contactos necesarios para el despacho documental de las mercancías, para lo cual sería a su vez el momento adecuado de impulsar la digitalización de los documentos de transporte.</p>
<p>Al margen de las reivindicaciones que el sector tiene pendientes de resolver en las mesas de negociación con el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, y de las <strong>enormes pérdidas económicas</strong> que está ocasionando esta situación sobrevenida, y de la que, sin duda, <strong>tendremos que hablar más adelante</strong>, lo que hoy nos urge, es que se dé una salida satisfactoria a las necesidades del transporte de mercancías por carretera, para lo que se hace imprescindible el apoyo incondicional del Gobierno español, a través de todas las acciones diplomáticas necesarias frente a sus homólogos franceses y británicos, así como de la búsqueda de <strong>soluciones urgentes, armonizadas y consensuadas</strong> en el Consejo de la Unión Europea.</p>
<p>En consecuencia, desde la CETM <strong>reclamamos la actuación inmediata de todo el Gobierno</strong> para solventar la situación descrita y <strong>conseguir el retorno urgente de nuestros conductores</strong>. Igualmente, solicitamos que se habiliten los cauces adecuados para <strong>asistir a aquellos profesionales que, en el desarrollo de su trabajo, se puedan ver afectados por un posible contagio</strong> y no puedan retornar a sus domicilios de manera inmediata.</p>
<p><em>Ovidio de la Roza, presidente de CETM.</em></p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/carta-de-ovidio-de-la-roza-a-jose-luis-abalos-reclamamos-la-actuacion-inmediata-del-gobierno-para-que-los-conductores-atrapados-en-francia-y-reino-unido-vuelvan-a-sus-casas-con-urgencia/">Carta de Ovidio de la Roza a José Luis Ábalos:  “reclamamos la actuación inmediata del gobierno para que los conductores atrapados en Francia y Reino Unido vuelvan a sus casas con urgencia”</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Cortes de circulación en el Túnel del Mont Blanc</title>
		<link>https://www.cetm.es/cortes-de-circulacion-en-el-tunel-del-mont-blanc/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Dulsé Diaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Aug 2020 10:09:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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		<guid isPermaLink="false">https://www.cetm.es/?p=7946</guid>

					<description><![CDATA[<p>Os informamos del cierre a la circulación del Túnel de Mont Blanc por motivos de mantenimiento durante los siguientes días de septiembre: &#160; Lunes 7 de septiembre, desde las 22:00 [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Os informamos del cierre a la circulación del Túnel de Mont Blanc <strong>por motivos de mantenimiento</strong> durante los siguientes días de septiembre:</p>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li>Lunes <strong>7 de septiembre</strong>, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas.</li>
<li>Lunes <strong>14 de septiembre</strong>, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas.</li>
<li>Lunes<strong> 28 de septiembr</strong>e, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>Además, para llevar a cabo el mantenimiento en el túnel, <strong>se establecerá el tráfico alternativo en un solo sentido</strong>, que tendrá los siguientes horarios:</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-medium wp-image-7947 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2020/08/TABLA-300x267.jpg" alt="" width="300" height="267" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Es posible que haya problemas entre las 21:00 horas y las 22:00 horas y entre las 06:00 horas y las 07:00 horas<strong> por la circulación de vehículos con escolta.</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Los<strong> límites de velocidad se ven reducidos</strong> en las cercanías de los puestos de trabajo de mantenimiento, para proteger estos y la gente que está trabajando en ellos.</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/cortes-de-circulacion-en-el-tunel-del-mont-blanc/">Cortes de circulación en el Túnel del Mont Blanc</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Declaración obligatoria por desplazamiento a Bélgica</title>
		<link>https://www.cetm.es/declaracion-obligatoria-por-desplazamiento-a-belgica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Dulsé Diaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Aug 2020 14:10:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Bélgica]]></category>
		<category><![CDATA[camiones]]></category>
		<category><![CDATA[CETM]]></category>
		<category><![CDATA[coronavirus]]></category>
		<category><![CDATA[COVID-19]]></category>
		<category><![CDATA[empresas de transporte]]></category>
		<category><![CDATA[transporte]]></category>
		<category><![CDATA[transporte carretera]]></category>
		<category><![CDATA[Transporte de mercancías]]></category>
		<category><![CDATA[transportistas]]></category>
		<category><![CDATA[UE]]></category>
		<category><![CDATA[Unión Europea]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Es obligatorio comunicar con 48 horas de antelación si se va a realizar un viaje a Bélgica. Esta declaración viene como medida para evitar y controlar la expansión del COVID-19. [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Es obligatorio comunicar <strong>con 48 horas de antelación si se va a realizar un viaje a Bélgica</strong>. Esta declaración viene como medida para evitar y controlar la expansión del COVID-19.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Estarán obligados de hacer esta declaración:</p>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li>Los residentes de Bélgica que hayan estado en el extranjero por más de 48 horas.</li>
<li>Los residentes de otros países que vayan a estar más de 48 horas en Bélgica.</li>
<li>Las personas que ingresan a Bélgica en avión o en barco. Independientemente de la cantidad de tiempo que vayan a pasar en Bélgica.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>El formulario podéis encontrarlo pinchando en el siguiente enlace: <strong><a href="https://travel.info-coronavirus.be/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">https://travel.info-coronavirus.be/</a></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En el apartado “Arriving in Belgium” se debe de elegir como opción de viaje: “Car”. Una vez cumplimentado el mismo se recibirá un correo electrónico con un documento PDF que <strong>contiene un código QR</strong>, que servirá como prueba de que el formulario se ha cumplimentado correctamente y se deberá de enseñar a los agentes si estos lo requieren.</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/declaracion-obligatoria-por-desplazamiento-a-belgica/">Declaración obligatoria por desplazamiento a Bélgica</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Declaración de desplazamiento de trabajadores a los Países Bajos</title>
		<link>https://www.cetm.es/declaracion-de-desplazamiento-de-trabajadores-a-los-paises-bajos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Dulsé Diaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Aug 2020 14:03:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[empresas de transporte]]></category>
		<category><![CDATA[Países Bajos]]></category>
		<category><![CDATA[transporte]]></category>
		<category><![CDATA[transporte carretera]]></category>
		<category><![CDATA[Transporte de mercancías]]></category>
		<category><![CDATA[transporte internacional]]></category>
		<category><![CDATA[UE]]></category>
		<category><![CDATA[Unión Europea]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Ya se encuentra en vigor la obligación de hacer la declaración del personal que se desplace a trabajar a los Países Bajos, pero las autoridades han advertido que hasta el [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Ya se encuentra en vigor la obligación de hacer la declaración del personal que se desplace a trabajar a los Países Bajos, pero las autoridades han advertido que <strong>hasta el 1 de septiembre no van a empezar a multar</strong> por no haber realizado este trámite para que las empresas se vayan acostumbrando a hacerlo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La dirección web para realizar la declaración es la siguiente:<strong> <a href="https://meldloket.postedworkers.nl/runtime/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">https://meldloket.postedworkers.nl/runtime/</a></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Esta página nos aparecerá en holandés, para poder cambiarlo a inglés (el único idioma que permite), habrá que desplazarse hacia abajo en la página y hay encontraréis un botón que dice “English”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Una vez dentro de esa página hay que<strong> identificarse</strong> y para ello hay varias maneras: mediante la identificación de la Cámara de Comercio holandés,  mediante el servicio eIDAS del documento de identidad electrónico; o sino se cuenta con nada de lo anterior, registrándose con un correo electrónico.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Una vez registrados entraremos en el menú principal, en este podremos ver las notificaciones que hemos realizado, las que están pendientes de verificación, hacer una nueva o ponernos en contacto con la asistencia al usuario. Para realizar una nueva habría que pinchar en el apartado que indica “New Notification” en la barra rosa de la parte de arriba.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Una vez dentro, lo primero que hay que <strong>seleccionar es si es autónomo o no y si se quiere hacer uso de la declaración que es válida para un año completo. </strong>Las empresas de transporte de mercancías pueden realizar este tipo de notificación, con independencia del número de empleados que tengan.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Una vez pasado ese punto, <strong>entraremos a rellenar el formulario</strong>. Este formulario se inicia con los datos del empleador o persona autorizada en la empresa, los datos de la empresa (en este apartado se encuentra un punto que pide elegir entre la Cámara de Comercio de los Países Bajos y la Cámara de Comercio de otro país, debe de elegirse la de otro país y no es necesario rellenar el dato del número de la Cámara de comercio que pide), persona de contacto en los Países Bajos que puede ser perfectamente el propio empleado que desplazamos (para esto rellenamos los datos de la persona de contacto con los datos del empleado a desplazar y a continuación elegimos la opción de “No” cuando se nos pregunta si la persona de contacto tiene una dirección en los Países Bajos).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En el siguiente punto tendremos que indicar que trabajo vamos a realizar en los Países Bajos y cumplimentar los datos del empleado a desplazar.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Para vuestra información os facilitamos <strong>las tablas salariales que están vigentes en los Países Bajos</strong> para el año 2020. Las podéis encontrar pinchando en el siguiente enlace: <a href="https://www.rijksoverheid.nl/onderwerpen/minimumloon/bedragen-minimumloon/bedragen-minimumloon-2020" target="_blank" rel="noopener noreferrer">https://www.rijksoverheid.nl/onderwerpen/minimumloon/bedragen-minimumloon/bedragen-minimumloon-2020</a></p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/declaracion-de-desplazamiento-de-trabajadores-a-los-paises-bajos/">Declaración de desplazamiento de trabajadores a los Países Bajos</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Fechas de entrada en Vigor del Paquete de Movilidad</title>
		<link>https://www.cetm.es/fechas-de-entrada-en-vigor-del-paquete-de-movilidad/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Dulsé Diaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 03 Aug 2020 09:10:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[CETM]]></category>
		<category><![CDATA[transporte carretera]]></category>
		<category><![CDATA[Transporte de mercancías]]></category>
		<category><![CDATA[transporte internacional]]></category>
		<category><![CDATA[transporte mercancías]]></category>
		<category><![CDATA[UE]]></category>
		<category><![CDATA[Unión Europea]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Paquete de Movilidad se publicó el pasado 31 de julio y estas son las diferentes fechas de entrada en vigor de las diferentes normas que contiene: 1. REGLAMENTO (UE) [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El Paquete de Movilidad <strong>se publicó el pasado 31 de julio</strong> y estas son las diferentes fechas de entrada en vigor de las diferentes normas que contiene:</p>
<p><strong>1.</strong> REGLAMENTO (UE) 2020/1054 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de julio de 2020 por el que se modifica el Reglamento (CE) N.º 561/2006 en lo que respecta a los requisitos mínimos sobre los tiempos de conducción máximos diarios y semanales, las pausas mínimas y los períodos de descanso diarios y semanales y el Reglamento (UE) N.º 165/2014 en lo que respecta al posicionamiento mediante tacógrafos:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>• Entrada en vigor a los 20 días de su publicación (20 de agosto de 2020)<br />
• Modificación del artículo 16.3.a) del Reglamento 561/2006 el 31 de diciembre de 2024.<br />
• Modificación del artículo 36 del Reglamento 165/2014 el 31 de diciembre de 2024.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>2.</strong> REGLAMENTO (UE) 2020/1055 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de julio de 2020 por el que se modifican los Reglamentos (CE) N.º 1071/2009 de acceso a la profesión, (CE) Nº 1072/2009 de acceso al mercado y (UE) N.º 1024/2012 de cooperación administrativa a través del Sistema IMI, con el fin de adaptarlos a la evolución del sector del transporte por carretera:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>• Entrada en vigor a los 20 días de su publicación (20 de agosto de 2020)<br />
• El reglamento será aplicable a partir del 21 de febrero de 2022.<br />
• Artículo 23 del Reglamento 1071/2009, aplicación del Reglamento a los que hagan transporte con vehículos con una MMA inferior a 3,5 toneladas, a partir del 21 de mayo de 2022.<br />
• Artículo 1.5.c) del Reglamento 1072/2009, obligación de obtención de licencia comunitaria por parte de los que hagan transportes en la UE con vehículos entre 2,5 y 3,5 toneladas, a partir del 20 de mayo de 2022.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>3.</strong> DIRECTIVA (UE) 2020/1057 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de julio de 2020 por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y por la que se modifican la Directiva 2006/22/CE en lo que respecta a los requisitos de control del cumplimiento y el Reglamento (UE) Nº 1024/2012:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>• Entrada en vigor al día siguiente de su publicación.<br />
• Los Estados miembros tienen hasta el 2 de febrero de 2022 para publicar la transposición de esta Directiva. Es en el momento en el que se transponga que entrará a aplicarse.<br />
• La Comisión tiene hasta el 2 de junio de 2021 para establecer una formula común para calcular la clasificación de riesgos de las empresas.</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/fechas-de-entrada-en-vigor-del-paquete-de-movilidad/">Fechas de entrada en Vigor del Paquete de Movilidad</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Business Europe traslada al Consejo Europeo la urgencia de alcanzar un acuerdo sobre el Plan Europeo de Recuperación</title>
		<link>https://www.cetm.es/business-europe-traslada-al-consejo-europeo-la-urgencia-de-alcanzar-un-acuerdo-sobre-el-plan-europeo-de-recuperacion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 19 Jun 2020 12:31:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Business Europe]]></category>
		<category><![CDATA[Consejo Europeo]]></category>
		<category><![CDATA[COVID-19]]></category>
		<category><![CDATA[Plan Europeo de Recuperación]]></category>
		<category><![CDATA[transporte]]></category>
		<category><![CDATA[UE]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Business Europe, la organización empresarial que agrupa las principales patronales de toda Europa entre ellas la CEOE, de la que es miembro la CETM, ha enviado un mensaje al Consejo [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/business-europe-traslada-al-consejo-europeo-la-urgencia-de-alcanzar-un-acuerdo-sobre-el-plan-europeo-de-recuperacion/">Business Europe traslada al Consejo Europeo la urgencia de alcanzar un acuerdo sobre el Plan Europeo de Recuperación</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.businesseurope.eu/">Business Europe</a>, la organización empresarial que agrupa las principales patronales de toda Europa entre ellas la <a href="https://www.ceoe.es/es">CEOE</a>, de la que es miembro la CETM, ha enviado un mensaje al Consejo Europeo para reclamar <strong>medidas urgentes</strong> ante la reunión que mantendrán este viernes los Estados miembro por videoconferencia.</p>
<p>La organización ha trasladado al Consejo Europeo <strong>la necesidad de alcanzar un acuerdo con rapidez</strong> para que, de una vez por todas, se establezca el Plan Europeo de Recuperación, de manera que los Estados más afectados puedan hacer frente a los estragos causados por la crisis del Covid-19.</p>
<p>Desde Business Europe reclaman una “cooperación estrecha” entre los 27 y recuerdan que <strong>no es el momento de aumentar impuestos</strong>, puesto que son muchas las empresas que no podrán afrontar más costes.</p>
<p>Asimismo, aseguran que la crisis debe verse como <strong>“una oportunidad para relanzar” el mercado interior europeo</strong> y eliminar barreras fortaleciendo el diálogo estrecho y coherente entre la Comisión y los Estados miembro.</p>
<p>Entre las medidas que proponen desde la patronal europea, se encuentra <strong>la creación de un portal europeo de contratación pública,</strong> para garantizar fácil acceso a la información relevante sobre los mercados nacionales de contratos públicos y el desarrollo de guías o plantillas que aporte mayor transparencia.</p>
<p>Otro de los puntos que destacan es la apuesta por una estrategia de crecimiento <strong>que se base en el entorno digital y la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible</strong> de la Agenda 2030.</p>
<p>Los jefes de Estado y Gobierno de los países de la UE  debatirán  este viernes en una cumbre telemática la puesta en marcha del Plan Europeo de Recuperación, que implicaría la distribución de préstamos y ayudas directas a los países más afectados por la pandemia. Sin embargo, los países del norte (Austria, Suecia, Dinamarca y Países Bajos) <strong>ven con recelo que se tramiten subvenciones a países como Italia o España</strong>, por lo que previsiblemente no se alcanzará un acuerdo.</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/business-europe-traslada-al-consejo-europeo-la-urgencia-de-alcanzar-un-acuerdo-sobre-el-plan-europeo-de-recuperacion/">Business Europe traslada al Consejo Europeo la urgencia de alcanzar un acuerdo sobre el Plan Europeo de Recuperación</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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	</channel>
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