La Dirección General de Tráfico (DGT) ha comunicado el levantamiento de manera excepcional de las restricciones a la circulación de determinados vehículos con el objetivo de garantizar el suministro de bienes y productos como consecuencia del apagón energético generalizado que tuvo lugar el lunes 28 de abril, y que afectó significativamente al transporte por carretera.

Los vehículos afectados por este levantamiento de restricciones corresponden a los vehículos que transportan mercancías peligrosas y los vehículos que precisan autorizaciones complementarias de circulación, así como los vehículos especiales contemplados en el apartado 1º “restricciones comunes” del anexo V de la citada Resolución de 20 de enero, durante los días jueves 1 y viernes 2 de mayo, todos ellos incluidos dentro de la operación de tráfico “1º de mayo-2025”, quedando de la siguiente forma:

Por otra parte, se significa que se mantendrán las restricciones por itinerarios a utilizar por los vehículos para el transporte de mercancías peligrosas previstas en apartado B.2.2 de la mencionada Resolución, y las restricciones específicas de los apartados A y B contempladas en el anexo V, para los vehículos afectadas por ellas.

Lamentablemente, a pesar de la reclamación de la CETM, el resto de restricciones siguen en vigor.

Confederación Española de Transporte de Mercancías
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