Desde la publicación en el BOE de la Orden Ministerial que modifica el Reglamento General de Vehículos que introduce importantes cambios en pesos y dimensiones, entre los que se incluye la ampliación de la MMA a 44 toneladas, surgen algunas dudas.

¿Podrán circular todos los vehículos actuales con 44 toneladas? No, porque no todos los vehículos cumplirán automáticamente con los requisitos. A continuación, explicamos los principales aspectos técnicos a verificar.

¿Qué es la MMTA (Masa Máxima Técnicamente Admisible)?

Es la masa máxima que un vehículo puede soportar según sus características constructivas y especificaciones del fabricante, incluyendo la carga. Es un límite técnico que no debe superarse para garantizar la seguridad y el buen funcionamiento del vehículo.

Vehículos motor: 

Casilla F1.1: correspondiente a la MMTA del 2º eje. Debe poner como mínimo 12.000 kg. ✅

Casilla F.3: correspondiente a la MMTA del conjunto, debe aparecer 44.000 kg o más. ✅

Si cumple con la MMTA:

  • No es necesario hacer nada hasta la siguiente ITV, donde se adaptará la tarjeta técnica a los nuevos límites que marca la norma.
  • Posteriormente, se deberá solicitar en Tráfico el nuevo permiso de circulación con los datos actualizados.

Semirremolques

Casilla F1.1: correspondiente a la MMTA de cada uno de los ejes de la unidad. Debe aparecer como mínimo 9.000 kg. ✅

⚠️ En cualquiera de los casos, si el vehículo no está homologado para esa masa: no podrá circular con 44 t. y se deberá solicitar un certificado al fabricante que acredite que puede circular con 44 t. y con esa documentación pasar la ITV correspondiente.

¿Qué hacer ahora?
  • Si tu vehículo ya cumple, simplemente espera a la siguiente ITV:
    Allí se actualizará la documentación y podrás solicitar el nuevo permiso de circulación.
  • Si no aparecen esos valores pero crees que el vehículo puede cumplirlos, contacta con el fabricante para solicitar un certificado acreditativo.

Ejemplos prácticos

Cabezas tractoras:

Ejemplo que SÍ cumple  

  • 1.1 (segundo eje): indica 13.000 kg, superior a los 12.000 mínimos exigidos.
  • F.3: indica 50.000 kg, superior a los 44.000 mínimos exigidos.

 

 

 

 

 

Semirremolques:

Ejemplo que SÍ cumple  

  • 1.1: indica 9.000 kg por eje.

 

 

 

 

 

 

 

Ejemplo que NO cumple

 

 Tal y como se puede observar, el peso por eje es de 8.000 kg, por lo que no estaría autorizado.