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	<title>Noticias | Confederación Española de Transporte de Mercancías</title>
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	<title>Noticias | Confederación Española de Transporte de Mercancías</title>
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	<item>
		<title>Aviso de la AEMET: Bajada de las temperaturas y precipitaciones intensas a partir del sábado 17 de octubre</title>
		<link>https://www.cetm.es/aviso-de-la-aemet-bajada-de-las-temperaturas-y-precipitaciones-intensas-a-partir-del-sabado-17-de-octubre/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Oct 2026 07:10:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[AEMET]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha emitido un aviso especial ante el cambio significativo de tiempo que tendrá lugar a partir del sábado 17 de octubre tras varios días [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/aviso-de-la-aemet-bajada-de-las-temperaturas-y-precipitaciones-intensas-a-partir-del-sabado-17-de-octubre/">Aviso de la AEMET: Bajada de las temperaturas y precipitaciones intensas a partir del sábado 17 de octubre</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha emitido un aviso especial ante el cambio significativo de tiempo que tendrá lugar a partir del sábado 17 de octubre tras varios días marcados por la estabilidad y temperaturas anómalas para esta época del año.</p>
<p>La elongación de una vaguada sobre la península y el probable aislamiento de una DANA al norte de la misma, traerá consigo un aumento de la inestabilidad, que será <strong>más destacable en el área mediterránea</strong>. Por otro lado, la disposición de las altas presiones en el entorno de las Islas Británicas y el mar del Norte, propiciará la entrada de una masa de aire más frío que dará lugar a <strong>un descenso generalizado de las temperaturas</strong>, favoreciendo que los valores tiendan a normalizarse. El incremento de la inestabilidad irá acompañado de la entrada de un flujo húmedo en prelitorales y litorales, por lo que <strong>es posible que se produzcan precipitaciones intensas y persistentes</strong> <strong>en zonas de Baleares y en la vertiente mediterránea peninsular</strong>. Asimismo, también podrían darse en otros puntos del interior peninsular y en el cantábrico.</p>
<p>No obstante<strong>, existe una importante incertidumbre</strong> respecto a la posición de la DANA y la vaguada, así como de los flujos en superficie y, por tanto, en la distribución y cantidad de las precipitaciones.</p>
<p>La AEMET indica que, con la información actualmente disponible, la situación más probable es que el episodio de precipitaciones intensas comience el sábado 17. Un sistema frontal afectará al Cantábrico, mientras que se desarrollarían chubascos y tormentas en puntos del interior. Durante la segunda mitad del día, las precipitaciones tenderían a intensificarse y extenderse al área del archipiélago balear y a la fachada mediterránea. Durante esta jornada el descenso de temperaturas sería generalizado, siendo incluso notable en el cuadrante noroeste peninsular.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Episodio de inestabilidad </strong></span></h3>
<p>Durante el domingo 18, aun con gran incertidumbre, el escenario de mayor probabilidad es que las precipitaciones más significativas se produzcan en litorales y prelitorales mediterráneos y Baleares, con precipitaciones intensas que podrían ser persistentes<strong>, haciendo que los acumulados puedan ser relevantes durante el episodio.</strong> Este día también podrían darse chubascos y tormentas en otros puntos del interior. Las temperaturas volverían a descender en la mayor parte de la península, de forma más acusada en la mitad oriental.</p>
<p>Debido a que el episodio conlleva una elevada incertidumbre, desde la <a href="www.cetm.es" target="_blank" rel="noopener">CETM</a> recomendamos a las empresas y profesionales del transporte de mercancías por carretera hacer <strong>un seguimiento especial de las actualizaciones </strong>de los pronósticos de la AEMET en los próximos días.</p>
<p>Enlaces de interés:</p>
<ul>
<li>Mapa de avisos de la AEMET: <a href="https://www.aemet.es/es/eltiempo/prediccion/avisos" target="_blank" rel="noopener">https://www.aemet.es/es/eltiempo/prediccion/avisos</a></li>
<li>Perfil en X de la AEMET: <a href="https://x.com/AEMET_Esp" target="_blank" rel="noopener">https://x.com/AEMET_Esp</a></li>
<li>Mapa del tráfico en tiempo real: <a href="https://etraffic.dgt.es/etrafficWEB/" target="_blank" rel="noopener">https://etraffic.dgt.es/etrafficWEB/</a></li>
<li>Consejos para circular bajo la lluvia: <a href="https://www.dgt.es/comunicacion/noticias/todo-lo-que-necesitas-saber-para-circular-bajo-la-lluvia/" target="_blank" rel="noopener">https://www.dgt.es/comunicacion/noticias/todo-lo-que-necesitas-saber-para-circular-bajo-la-lluvia/</a></li>
<li>Enlace para consultar las carreteras afectadas por inundaciones: <a href="https://www.dgt.es/estaticos/movilidad/CarreterasCortadasInundaciones.pdf" target="_blank" rel="noopener">https://www.dgt.es/estaticos/movilidad/CarreterasCortadasInundaciones.pdf</a></li>
</ul>La entrada <a href="https://www.cetm.es/aviso-de-la-aemet-bajada-de-las-temperaturas-y-precipitaciones-intensas-a-partir-del-sabado-17-de-octubre/">Aviso de la AEMET: Bajada de las temperaturas y precipitaciones intensas a partir del sábado 17 de octubre</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Nueva plataforma del Ministerio de Transportes para generar el Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA)</title>
		<link>https://www.cetm.es/nueva-plataforma-del-ministerio-de-transportes-para-general-el-documento-electronico-de-control-administrativo-deca/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Oct 2026 08:35:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha puesto en marcha una nueva plataforma para la generación del Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA). Esta nueva plataforma es gratuita y [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha puesto en marcha una nueva plataforma para la generación del Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA).</p>
<p>Esta nueva plataforma es <strong>gratuita y bastante fácil e intuitiva de usar</strong>. Se puede acceder a través del siguiente enlace: <strong><a href="https://apps.fomento.gob.es/deca/login" target="_blank" rel="noopener">https://apps.fomento.gob.es/deca/login</a></strong></p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Cómo general el DeCA</strong></span></h3>
<p><strong><u>Pasos a seguir </u></strong></p>
<ol>
<li>Registrar la entidad para generar un nuevo usuario. (Acceder a Registro de entidad en el apartado señalado en rojo).</li>
</ol>
<p><img decoding="async" class="wp-image-24339 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/10/registro.png" alt="" width="571" height="248" /></p>
<p><u></u><u></u><strong><u>NOTA:</u></strong> Para registrarse <strong>no hace falta</strong> <strong>firma digital</strong>. Destacar que, aunque se esté registrado en Plataforma Simple, <strong>este módulo es independiente</strong> y por tanto las claves y usuarios no son válidos.</p>
<ol start="2">
<li>Una vez que nos hemos registrado, ya se puede generar el DeCA completando la información. Cuando hayamos finalizado, <strong>recibiremos un email con el documento en PDF en la cuenta de correo asociada.</strong></li>
</ol>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Entrada en vigor</strong></span></h3>
<p>El Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA) <strong>será obligatorio a partir del próximo lunes 5 de octubre</strong> para el transporte interior con origen y destino dentro de España y operaciones de cabotaje en territorio nacional. Quedan excluidos los transportes internacionales que discurran parcialmente por territorio español, ya que emplearán los documentos de control establecidos en los convenios suscritos por España.</p>
<p>El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha establecido mediante una Resolución los requisitos que debe cumplir el DeCA. Puedes encontrarlos <a href="https://www.cetm.es/asi-son-los-requisitos-que-debe-cumplir-el-documento-electronico-de-control-administrativo-deca/" target="_blank" rel="noopener">AQUÍ</a>.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Acuerdo con TransFollow </strong></span></h3>
<p>TransFollow ayuda a las empresas de transporte a generar y gestionar el DeCA y la CETM <a href="https://www.cetm.es/e-cmr/" target="_blank" rel="noopener">cuenta con un acuerdo</a> con la plataforma para ofrecer condiciones más ventajosas a sus empresas asociadas.<br />
​<br />
Infórmate llamando llamando al 917 444 734.</p>
<p>&nbsp;</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/nueva-plataforma-del-ministerio-de-transportes-para-general-el-documento-electronico-de-control-administrativo-deca/">Nueva plataforma del Ministerio de Transportes para generar el Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA)</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Así es el tercer paquete de ayudas al transporte por la guerra de Irán</title>
		<link>https://www.cetm.es/asi-es-el-tercer-paquete-de-ayudas-al-transporte-por-la-guerra-de-iran/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Sep 2026 15:55:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[ayudas gasóleo]]></category>
		<category><![CDATA[ayudas Guerra de Irán]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Este miércoles se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 25/2026, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas en el marco del [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Este miércoles se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/30/pdfs/BOE-A-2026-20265.pdf" target="_blank" rel="noopener">Real Decreto-ley 25/2026</a>, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis de Oriente Medio.</p>
<p>Las ayudas para el transporte por carretera ante la subida del precio del gasóleo se incluyen en el Capítulo V del texto. Tal y como <a href="https://www.cetm.es/la-cetm-valora-que-el-gobierno-mantenga-las-ayudas-al-transporte-pero-las-considera-insuficientes-ante-la-escalada-del-gasoleo/" target="_blank" rel="noopener">el Gobierno anunció</a> este martes en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, se prorroga la ayuda extraordinaria y temporal para los titulares de los vehículos que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos <strong>para los meses de octubre, noviembre y diciembre</strong>. Los importes son:</p>
<ul>
<li><span style="color: #000080;"><strong>0,05</strong> <strong>euros</strong> </span>por cada litro de gasóleo en el mes de <span style="color: #000080;"><strong>octubre.</strong></span></li>
<li><span style="color: #000080;"><strong>0,12 euros</strong></span> por cada litro de gasóleo en el mes de<span style="color: #000080;"><strong> noviembre.</strong></span></li>
<li><span style="color: #000080;"><strong>0,19 euros</strong></span> por cada litro de gasóleo en el mes de <span style="color: #000080;"><strong>diciembre. </strong></span></li>
</ul>
<p>No obstante, si en noviembre el impuesto aplicado al gasóleo es de 144,99 € por cada 1.000 litros (tipo general) y 34,01 € por cada 1.000 litros (tipo especial), la ayuda será de 0,05 € por cada litro. En diciembre, si el impuesto es de 144,99 € por cada 1.000 litros (general) y 34,01 € por cada 1.000 litros (especial), la ayuda será de 0,05 € por litro, pero si el impuesto es de 201,70 € por cada 1.000 litros (general) y 47,30 € por cada 1.000 litros (especial),  la ayuda será de 0,12 € por litro.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Medidas tributarias sobre el Impuesto de Hidrocarburos </strong></span></h3>
<p>Tal y como se detalla en el Capítulo II del Real Decreto-ley 25/2026, se aplicará una rebaja en el Impuesto sobre Hidrocarburos. Como el artículo 16 establece que <strong>la devolución del gasóleo profesional será de 0 € de octubre a noviembre</strong>, esta rebaja queda de la siguiente manera para los transportistas:</p>
<ul>
<li><span style="color: #000080;"><strong>0,15</strong> <strong>euros</strong> </span>por cada litro de gasóleo en el mes de <span style="color: #000080;"><strong>octubre.</strong></span></li>
<li><span style="color: #000080;"><strong>0,08 euros</strong></span> por cada litro de gasóleo en el mes de<span style="color: #000080;"><strong> noviembre.</strong></span></li>
<li><span style="color: #000080;"><strong>0,01 euros</strong></span> por cada litro de gasóleo en el mes de <span style="color: #000080;"><strong>diciembre. </strong></span></li>
</ul>
<p>Estos descuentos podrán variar en función de los datos del IPC del gasóleo. La reducción del Impuesto de Hidrocarburos podría ser superior en noviembre y diciembre si el IPC del gasóleo registra un incremento de más del 1 % respecto al mismo mes del año anterior, activándose los mecanismos de la cláusula de salvaguarda previstos en el Real Decreto-ley 25/2026.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>¿Cuál es la rebaja total? </strong></span></h3>
<p>Si tenemos en cuenta ambas medidas, <strong>la rebaja total en el precio del gasóleo es de 20 céntimos por litro durante los tres meses</strong>. La reducción del Impuesto de Hidrocarburos para los transportistas se traduce en 15 céntimos por litro en octubre, 8 céntimos en noviembre y 1 céntimo en diciembre, a los que se suma la ayuda directa al transporte de 5, 12 y 19 céntimos por litro, respectivamente.</p>
<p>De este modo, aunque la aportación de cada medida varía mes a mes, la rebaja efectiva total se mantiene en 20 céntimos por litro durante octubre, noviembre y diciembre.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Vehículos no beneficiarios del gasóleo profesional </strong></span></h3>
<p>Para los vehículos que no puedan ser beneficiarios de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional, se ha establecido, como en las dos ocasiones anteriores, <strong>un sistema de ayudas directas</strong> a las que pueden acceder las siguientes actividades:</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="wp-image-24306 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/actividades.png" alt="" width="394" height="244" /></p>
<p>El importe de las ayudas dependerá del tipo de vehículo:</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="wp-image-24309 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/vehiculos-1.png" alt="" width="420" height="379" /><img loading="lazy" decoding="async" class="wp-image-24310 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/vehiculos-2-e1790767225962.png" alt="" width="421" height="35" /></p>
<p class="PDq2pG_selectionAnchorContainer" dir="auto" data-start="1545" data-end="1746">No obstante, en determinados vehículos (categorías 3, 4, 5, 7, 8 y 9), la ayuda directa que aparece en la tabla <strong>puede reducirse</strong> dependiendo de cómo esté el impuesto del gasóleo en noviembre y diciembre:</p>
<ul data-start="1751" data-end="1943">
<li data-section-id="r4h4im" data-start="1751" data-end="1835">Si el impuesto del gasóleo es de 144,99 € por cada 1.000 litros (tipo general) y 34,01 € por cada 1.000 litros (tipo especial): se multiplica la ayuda de la tabla por 0,417.</li>
<li data-section-id="r4h4im" data-start="1751" data-end="1835">
<p class="PDq2pG_selectionAnchorContainer" dir="auto" data-start="996" data-end="1122">Si en diciembre el impuesto es de 144,99 € por cada 1.000 litros (general) y 34,01 € por cada 1.000 litros (especial): se multiplica la ayuda de la tabla por 0,611.</p>
</li>
<li data-section-id="r4h4im" data-start="1751" data-end="1835">
<p class="PDq2pG_selectionAnchorContainer" dir="auto" data-start="1251" data-end="1388">Si en diciembre el impuesto es de 201,70 € por cada 1.000 litros (general) y 47,30 € por cada 1.000 litros (especial): también se multiplica la ayuda de la tabla por 0,611.</p>
</li>
</ul>
<p>Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda a través de la sede electrónica de la Administración Tributaria competente, mediante el formulario habilitado al efecto, en el que se indicará la cuenta bancaria designada para el pago de la ayuda. <strong>El plazo para realizar la solicitud comenzará el 1 de noviembre y terminará el 31 de diciembre. </strong></p>
<p>El pago se efectuará a partir del 1 de diciembre y transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada. Contra esta desestimación se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico administrativa.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>En resumen </strong></span></h3>
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				<div class="et_pb_slides">
					<div class="et_pb_slide" style="background: url(https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/info_ayudas1.png);"></div><div class="et_pb_slide" style="background: url(https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/info_ayudas2.png);"></div><div class="et_pb_slide" style="background: url(https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/info_ayudas3.png);"></div><div class="et_pb_slide" style="background: url(https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/info_ayudas4.png);"></div>
				</div>
			</div>La entrada <a href="https://www.cetm.es/asi-es-el-tercer-paquete-de-ayudas-al-transporte-por-la-guerra-de-iran/">Así es el tercer paquete de ayudas al transporte por la guerra de Irán</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Aviso especial de la AEMET por chubascos fuertes y persistentes a partir del jueves</title>
		<link>https://www.cetm.es/aviso-especial-de-la-aemet-por-chubascos-fuertes-y-persistentes-a-partir-del-jueves/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Sep 2026 14:20:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha emitido un aviso para informar de la llegada de un episodio marcado por la inestabilidad causada por la entrada de aire frío en [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha emitido un aviso para informar de la llegada de <strong>un episodio marcado por la inestabilidad</strong> causada por la entrada de aire frío en niveles medios/altos y un gran aporte de humedad del Mediterráneo, que afectará especialmente al ámbito <strong>este/noreste de la Península</strong>, así como a <strong>las Islas Baleares.</strong></p>
<p>Además, un posterior estrangulamiento y aislamiento en forma de dana al oeste peninsular <strong>afectará nuestro territorio hasta, al menos, el lunes por la mañana</strong>, manteniendo la inestabilidad aunque, en principio, con menor intensidad.</p>
<p>Por otro lado, se está formando un seno de bajas presiones entre el litoral sureste peninsular y Baleares que inducirá un flujo húmedo del este sobre el área mediterránea. Los chubascos pueden dar lugar a <strong>inundaciones locales súbitas y repentinas en zonas bajas, arroyos y ramblas,</strong> por lo que el nivel de peligro potencial de esta situación es elevado.</p>
<p>Mañana jueves a partir de mediodía y hasta el viernes, con el avance de la onda corta en niveles altos, las precipitaciones se iniciarán por áreas del interior este peninsular hacia el levante, en general moderadas al inicio, que <strong>acabarán siendo localmente muy fuertes en puntos de Castellón, Valencia, litoral norte de Alicante y sur de Tarragona</strong>. También en zonas aledañas de <strong>Lleida, Teruel y Cuenca</strong>. Además, probablemente será persistentes, especialmente al final del jueves y durante la primera mitad del viernes, y sobre todo cuanto más hacia los litorales y prelitorales, pudiéndose acumular <strong>cantidades superiores a los 150 mm en períodos inferiores a 6 horas</strong>.</p>
<div id="attachment_24316" style="width: 523px" class="wp-caption aligncenter"><img loading="lazy" decoding="async" aria-describedby="caption-attachment-24316" class="wp-image-24316" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/avisos_jueves1.png" alt="" width="513" height="399" srcset="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/avisos_jueves1.png 513w, https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/09/avisos_jueves1-480x373.png 480w" sizes="(min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) 513px, 100vw" /><p id="caption-attachment-24316" class="wp-caption-text">Mapa de avisos de la AEMET jueves 1 de octubre</p></div>
<p>Es posible que Baleares también se vea afectada por este episodio, con chubascos tormentosos localmente fuertes o muy fuertes, especialmente desde últimas horas del viernes.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>¿Cuánto durará este episodio según la AEMET? </strong></span></h3>
<p>La AEMET señala que las precipitaciones <strong>continuarán durante el fin de semana en amplias zonas de la Península, </strong>con las mayores acumulaciones cuanto más la este, si bien se esperan menores intensidades y acumulaciones que las citadas para jueves y viernes.</p>
<p>A partir del domingo 4 de octubre se espera es aislamiento de una dana en el entorno del oeste de la Península, lo que conllevará inestabilidad térmica y dinámica, <strong>siendo la evolución de su situación e intensidad de gran incertidumbre espacial y temporal</strong>, suponiendo ello a su vez gran incertidumbre en la localización de los máximos de precipitación.</p>
<p>Por ello, debido a que pequeñas variaciones en la interacción entre los distintos elementos que conforman las situaciones de estos próximos días, pueden dar lugar a cambios en las zonas de mayor impacto, <strong>se recomienda un seguimiento detallado de las predicciones y avisos </strong>durante las próximas actualizaciones.</p>
<p>Como viene siendo habitual, desde la <a href="www.cetm.es">CETM</a> recomendamos a las empresas y profesionales del transporte de mercancías por carretera que tengan en cuenta esta información a la hora de planificar sus rutas y hagan un seguimiento actualizado puesto que podría haber cambios y activarse nuevos avisos.</p>
<p>Enlaces de interés:</p>
<ul>
<li>Mapa de avisos de la AEMET: <a href="https://www.aemet.es/es/eltiempo/prediccion/avisos" target="_blank" rel="noopener">https://www.aemet.es/es/eltiempo/prediccion/avisos</a></li>
<li>Mapa del tráfico en tiempo real: <a href="https://etraffic.dgt.es/etrafficWEB/" target="_blank" rel="noopener">https://etraffic.dgt.es/etrafficWEB/</a></li>
<li>Carreteras afectadas por inundaciones (se va actualizando): <a href="https://www.dgt.es/estaticos/movilidad/CarreterasCortadasInundaciones.pdf" target="_blank" rel="noopener">https://www.dgt.es/estaticos/movilidad/CarreterasCortadasInundaciones.pdf</a></li>
<li>Consejos para circular bajo la lluvia: <a href="https://www.dgt.es/comunicacion/noticias/todo-lo-que-necesitas-saber-para-circular-bajo-la-lluvia/" target="_blank" rel="noopener">https://www.dgt.es/comunicacion/noticias/todo-lo-que-necesitas-saber-para-circular-bajo-la-lluvia/</a></li>
</ul>La entrada <a href="https://www.cetm.es/aviso-especial-de-la-aemet-por-chubascos-fuertes-y-persistentes-a-partir-del-jueves/">Aviso especial de la AEMET por chubascos fuertes y persistentes a partir del jueves</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
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		<title>Corte en el túnel del Somport del lunes 14 al sábado 19 de septiembre</title>
		<link>https://www.cetm.es/corte-en-el-tunel-del-somport-del-lunes-14-al-sabado-19-de-septiembre/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Sep 2026 07:21:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[CETM]]></category>
		<category><![CDATA[conductores]]></category>
		<category><![CDATA[empresas de transporte]]></category>
		<category><![CDATA[FET Huesca]]></category>
		<category><![CDATA[Francia]]></category>
		<category><![CDATA[transportistas]]></category>
		<category><![CDATA[túnel del Somport]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>NOTICIA ACTUALIZADA* La Federación de la CETM en Huesca, FET HUESCA,  nos informa de que la Subprefectura de Oloron-Sainte-Marie ha comunicado que la semana del lunes 14 al sábado 19 de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="color: #ff0000;"><strong>NOTICIA ACTUALIZADA*</strong> </span>La Federación de la <a href="www.cetm.es" target="_blank" rel="noopener">CETM </a>en Huesca, <a href="https://fethuesca.es/" target="_blank" rel="noopener">FET HUESCA</a>,  nos informa de que la Subprefectura de Oloron-Sainte-Marie ha comunicado que la semana <strong>del lunes 14 al sábado 19 de septiembre</strong> habrá obras en el lado francés del Somport que van a suponer las siguientes afecciones al tráfico:</p>
<ul>
<li>El túnel permanecerá cerrado <strong>desde las 16:00 horas del lunes14 hasta las 17:00 horas del sábado 19 de septiembre</strong>.</li>
<li>En consecuencia, los vehículos pesados no podrán circular por el puerto de Somport. <strong>Los vehículos ligeros podrán hacerlo, salvo el martes día 15 de septiembre de 10:00 a 16:00 horas.</strong></li>
</ul>
<p>La Subdelegación del Gobierno en Huesca ha solicitado más información a la Subprefectura de Oloron-Saint Marie y que se reduzcan los plazos en caso de que fuera posible.</p>
<p>Recomendamos a las empresas y profesionales del transporte de mercancías por carretera que tengan en cuenta esta información a la hora de planificar sus rutas para <strong>evitar contratiempos.</strong></p>
<h3><span style="color: #ff0000;"><strong>Reapertura antes de lo previsto </strong></span></h3>
<p>Aunque en un principio el paso por el túnel del Somport iba a estar prohibido hasta el sábado 19 de septiembre, la Subdelegación del Gobierno en Huesca ha informado de que <strong>la apertura se adelanta</strong> y tendrá lugar un día antes de lo previsto, es decir, este viernes 18 de septiembre.</p>
<p>Según le ha indicado la Subprefectura de Oloron-Sainte-Marie, <span style="color: #ff0000;"><strong>está previsto que el tráfico se abra sobre las 17:00 horas. </strong></span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/corte-en-el-tunel-del-somport-del-lunes-14-al-sabado-19-de-septiembre/">Corte en el túnel del Somport del lunes 14 al sábado 19 de septiembre</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Publicada la Resolución definitiva de las ayudas al abandono 2026</title>
		<link>https://www.cetm.es/publicada-la-resolucion-definitiva-de-las-ayudas-al-abandono-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Sep 2026 14:14:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[autónomos transporte]]></category>
		<category><![CDATA[ayudas al abandono 2026]]></category>
		<category><![CDATA[ayudas al abandono del transporte]]></category>
		<category><![CDATA[ayudas transportistas autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[beneficiarios ayudas al abandono 2026]]></category>
		<category><![CDATA[CETM]]></category>
		<category><![CDATA[transportistas autónomos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Este martes se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Anuncio de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril sobre el otorgamiento de las ayudas a [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Este martes <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/01/pdfs/BOE-B-2026-28318.pdf" target="_blank" rel="noopener">se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado</a> (BOE) el Anuncio de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril sobre el otorgamiento de las ayudas a los transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2026.</p>
<p>El <strong>listado definitivo de beneficiarios se recoge en el Anexo 1 </strong>de dicha Resolución y en los Anexos 2 y 3 se recogen las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito y por incumplimiento de los requisitos.</p>
<p>Se puede interponer recurso de reposición ante el secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible <strong>en el plazo de un mes</strong> a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución. También cabe la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional <strong>en el plazo de dos meses</strong> contados a partir del día siguiente a dicha publicación.</p>
<p>Descarga la Resolución definitiva <a href='https://www.cetm.es/add/BancoDeDocumentos/noticias/resolucion_otorgamiento_abandono_2026.pdf' class='small-button smallgreen' target="_blank">ENTRANDO AQUÍ</a> <a href='https://www.cetm.es/add/BancoDeDocumentos/noticias/resolucion_otorgamiento_abandono_2026.pdf' class='small-button smallgreen' target="_blank">ENTRANDO AQUÍ</a></p>
<h3><span style="color: #003366;"><strong>Docume</strong><strong>ntación</strong></span></h3>
<p>Los beneficiarios deberán presentar la documentación requerida para el abono de la subvención (baja de la autorización de transporte, del permiso de conducir, etc.)  a través de la <a href="https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/transporte-terrestre/ayudas-subvenciones-sector-transporte-terrestre/ayudas-abandono-sector-transporte-carretera" target="_blank" rel="noopener">sede electrónica del Ministerio de Transportes</a> y, una vez validados los mismos, se inicia el trámite del pago.</p>
<p><strong>El plazo para presentar los documentos finaliza el 19 de octubre.</strong></p>
<p>Ante las dudas más frecuentes, el Ministerio de Transportes publicó un FAQ para dar respuesta: <strong><a href="https://www.transportes.gob.es/recursos_mfom/comodin/recursos/2025-09-23_faq_ayudas_abandono.pdf" target="_blank" rel="noopener">https://www.transportes.gob.es/recursos_mfom/comodin/recursos/2025-09-23_faq_ayudas_abandono.pdf</a> </strong>A partir de la página 14, se encuentran las preguntas sobre el otorgamiento de la ayuda. Asimismo, existe la posibilidad de realizar consultas a través de este formulario: <strong><a href="https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/ayudas-y-subvenciones/ayudas-y-subvenciones-a-transportistas/ayudas-al-abandono/formulario-contacto-ayudas-abandono" target="_blank" rel="noopener">https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/ayudas-y-subvenciones/ayudas-y-subvenciones-a-transportistas/ayudas-al-abandono/formulario-contacto-ayudas-abandono</a> </strong></p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/publicada-la-resolucion-definitiva-de-las-ayudas-al-abandono-2026/">Publicada la Resolución definitiva de las ayudas al abandono 2026</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>El Gobierno prorroga las ayudas al transporte de mercancías por carretera</title>
		<link>https://www.cetm.es/el-gobierno-prorroga-las-ayudas-al-transporte-de-mercancias-por-carretera/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Jun 2026 14:53:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.cetm.es/?p=23711</guid>

					<description><![CDATA[<p>Este lunes el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-Ley 18/2026 por el que se adoptan determinadas medidas en el en el marco del Plan Integral de Respuesta a la [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/el-gobierno-prorroga-las-ayudas-al-transporte-de-mercancias-por-carretera/">El Gobierno prorroga las ayudas al transporte de mercancías por carretera</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Este lunes el Consejo de Ministros aprobó el <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/30/pdfs/BOE-A-2026-14112.pdf" target="_blank" rel="noopener">Real Decreto-Ley 18/2026</a> por el que se adoptan determinadas medidas en el en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.</p>
<p>De esta manera, se atiende a la petición de la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), que había reclamado <a href="https://www.cetm.es/la-cetm-reclama-que-el-transporte-de-mercancias-por-carretera-no-quede-fuera-de-la-prorroga-de-las-ayudas-energeticas/" target="_blank" rel="noopener">que el sector no quedase fuera</a> de la prórroga de las ayudas.</p>
<p>El Gobierno ha querido destacar que esta norma se ha diseñado para responder con agilidad ante un eventual deterioro de la situación. En concreto, en caso de que se registren incrementos significativos en los índices de precios de consumo de los distintos productos energéticos, las medidas recuperarán automáticamente su potencial completo, <strong>retornando a la plena vigencia prevista en el <a href="https://www.cetm.es/como-afectan-a-los-transportistas-las-medidas-del-gobierno-por-la-crisis-de-oriente-medio/" target="_blank" rel="noopener">Real Decreto-ley 7/2026.</a> </strong></p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Medidas tributarias sobre el Impuesto de Hidrocarburos</strong></span></h3>
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<p class="PDq2pG_selectionAnchorContainer" data-start="210" data-end="498">Se introducen cambios temporales en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos aplicable al gasóleo y al biodiésel durante el verano de 2026. La norma establece que en el mes de julio el tipo impositivo se reduce de 330 a 229 euros por cada 1.000 litros, lo que supone <strong>una bajada equivalente a 10 céntimos por litro.</strong></p>
<p data-start="983" data-end="1201">A partir de agosto, el impuesto se actualizará a 279 euros por 1.000 litros, aunque podrá reducirse hasta 179 euros si se cumplen determinadas condiciones relacionadas con la evolución del precio del gasóleo en el IPC. En septiembre, el tipo volverá a situarse en 329 euros por 1.000 litros, aunque también podrá ajustarse a la baja <strong>en función de la evolución de los precios del carburante en los meses previos</strong>.</p>
<p data-start="983" data-end="1201">Hay que tener en cuenta que durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2026, <strong>la devolución del gasóleo profesional se fija en cero euros.</strong></p>
<h3 data-start="983" data-end="1201"><span style="color: #000080;"><strong>Ayudas extraordinarias para el transporte por carretera</strong></span></h3>
<p>En el Artículo 22 del Real Decreto-ley 18/2026 se regula la ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio del gasóleo consumido por los titulares de los vehículos que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional. La cuantía será de:</p>
<ul>
<li><strong>0,10 euros por litro consumido durante el mes de julio. </strong></li>
<li><strong>0,15 euros por litro consumido durante el mes de agosto. </strong></li>
<li><strong>0,20 euros por litro consumido durante el mes de septiembre. </strong></li>
</ul>
<p>Si bien, la norma establece que las cantidades previstas <strong>pueden reducirse si se producen determinados cambios en el tipo impositivo del gasóleo</strong> vinculados a la actualización prevista por la evolución del IPC:</p>
<ul>
<li>Si en el mes de agosto el tipo de gravamen a aplicar al gasóleo fuera de 179 €/ 1000 litros, el importe de la ayuda será de 0,05 euros por cada litro.</li>
<li>Si en el mes de septiembre el tipo de gravamen a aplicar al gasóleo fuera de 179 euros por 1.000 litros de tipo, el importe de la ayuda será de 0,05 euros por cada litro, pero si el tipo de gravamen a aplicar fuera 229 euros por 1.000 litros, el importe de la ayuda será de 0,10 euros por cada litro.</li>
</ul>
<p>El sistema funcionará de forma automática, es decir, el uso de la tarjeta de gasóleo profesional como medio de pago <strong>tendrá la consideración de solicitud de la ayuda</strong>, por lo que el transportistas no tendrá que presentar una petición independiente.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Ayudas para vehículos no beneficiarios del gasóleo profesional </strong></span></h3>
<p>Se establece una ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio de los carburantes en vehículos que no puedan ser beneficiarios de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.</p>
<p>Serán beneficiarios los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica legalmente constituidas en España a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley que sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE, y MDPE atendiendo al número y tipología de vehículo adscritos a la autorización y se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.</p>
<p>El importe de las ayudas se distribuirá entre las siguientes actividades:</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-23716 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/1tabla.png" alt="" width="409" height="67" /><img loading="lazy" decoding="async" class="wp-image-23717 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/2tabla-e1782828140646.png" alt="" width="414" height="187" /></p>
<p>Estas son las cantidades fijadas por vehículo:</p>
</div>
</div>
<div class="flex w-full flex-col gap-1 empty:hidden">
<div class="markdown prose dark:prose-invert wrap-break-word w-full light markdown-new-styling">
<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-23719 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/cantidades_ayudas.png" alt="" width="611" height="363" srcset="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/cantidades_ayudas.png 611w, https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/cantidades_ayudas-480x285.png 480w" sizes="(min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) 611px, 100vw" /></p>
<p>No obstante, si concurren cualquiera de las circunstancias siguientes, el importe de la ayuda será el resultado de multiplicar cada uno de los importes recogidos en la tabla anterior por los coeficientes que se indican a continuación:</p>
<ul>
<li>0,444 si en el mes de agosto y septiembre, como consecuencia de la variación del IPC del gasóleo, el tipo impositivo aplicable fuera de 179 euros por 1.000 litros.</li>
<li>0,667 si en el mes de septiembre de 2026, como consecuencia de la variación del IPC del gasóleo, el tipo impositivo fuera de 179 euros por 1.000.</li>
<li>0,555 si en el mes de septiembre de 2026, como consecuencia de la variación del IPC del gasóleo, el tipo impositivo fuera de 229 euros por 1.000 litros.</li>
</ul>
<p>Los beneficiarios<strong> deberán solicitar la ayuda por vía electrónica</strong> a través de la Sede electrónica de la Administración Tributaria competente, mediante el formulario habilitado al efecto, en el que se indicará la cuenta bancaria designada para el pago de la ayuda. La solicitud <strong>se podrá presentar entre el 1 de septiembre y el 30 de octubre de 2026.</strong></p>
<p>El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario en la solicitud de ayuda, a partir del 30 de octubre de 2026.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Revisión del precio del transporte </strong></span></h3>
<p>El Real Decreto establece que para el cálculo de la revisión del precio del transporte en función de la variación del precio del combustible, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, y en la Orden FOM/1882/2012, de 1 de agosto, <strong>no se podrán considerar las bonificaciones y ayudas extraordinarias y temporales. </strong></p>
<p>Además, se modifica la condición general 3.4 del anexo, quedando redactada en los siguientes términos:<br />
&#8220;Revisión del precio del transporte por carretera en función de la variación del precio del gasóleo: Cuando el precio del gasóleo hubiese aumentado entre el día de celebración del contrato y el momento de realizarse el transporte, el porteador incrementará en su factura el precio inicialmente pactado en la cuantía que resulte de aplicar la fórmula y coeficientes que se indican a continuación:</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone size-full wp-image-23722" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/formula_1.png" alt="" width="170" height="71" /></p>
<p><span style="color: #000080;"><strong>ΔP =</strong> </span>variación del precio de transporte contratado;<br />
<span style="color: #000080;"><strong>G =</strong></span> índice de variación porcentual del precio medio semanal del gasóleo hecho público por la Administración entre el momento en que se celebró el contrato y aquél en que se realizó efectivamente el transporte; para el cálculo de este índice los precios medios del gasóleo tomarán como referencia:</p>
<ul>
<li>En los vehículos sujetos a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos prevista en el artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, el precio de adquisición del combustible, sin tener en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido ni la devolución parcial por el gasóleo profesional</li>
<li>En los vehículos no sujetos a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos prevista en el artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, el precio de adquisición del combustible, sin tener en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido.</li>
</ul>
<p><span style="color: #000080;"><strong>P =</strong> </span>precio del transporte establecido al contratar.<br />
<span style="color: #000080;"><strong>C =</strong></span> coeficiente vinculado al precio del gasóleo antes de impuestos. Para la determinación del coeficiente C se tendrá en cuenta el precio medio semanal del gasóleo hecho público por la Administración (Pmed) entendido como el precio de adquisición del combustible, sin tener en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido ni la devolución parcial por el gasóleo profesional cuando sea de aplicación de conformidad con lo establecido en el artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre.</p>
<p>Se atenderá a los siguientes criterios:</p>
<ul>
<li>Vehículos con una masa máxima autorizada igual o superior a 20.000 kilogramos, con excepción de los de obras:</li>
</ul>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-23723 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/tablaa.png" alt="" width="212" height="91" /></p>
<ul>
<li>Vehículos con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos e inferior a 20.000 kilogramos, con excepción de los de obras:</li>
</ul>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="wp-image-23724 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/tabla_b.png" alt="" width="230" height="101" /></p>
<ul>
<li>Vehículos de obras con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos:</li>
</ul>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-23725 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/tabla_c.png" alt="" width="214" height="93" /></p>
<ul>
<li>Vehículos con una masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kilogramos:</li>
</ul>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-23726 aligncenter" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/tabla_d.png" alt="" width="225" height="95" /></p>
<p>De la misma manera, el obligado al pago del transporte exigirá una reducción equivalente del precio inicialmente pactado cuando el precio del gasóleo se hubiese reducido entre la fecha de celebración del contrato y la de realización efectiva del transporte.</p>
<p>La fórmula anteriormente señalada <strong>será de aplicación automática</strong> siempre que el índice de variación porcentual del precio medio semanal del gasóleo hecho público por la Administración entre el momento en que se celebró el contrato y aquél en que se realizó efectivamente el transporte (índice G), hubiera experimentado una variación igual o superior al 5%, salvo que, expresamente y por escrito, se hubiera pactado un umbral menor previa o simultáneamente a la celebración del contrato.</p>
<p>El pacto en contrario a lo dispuesto en esta condición<strong> se considerará nulo.</strong></p>
<p>En los contratos de transporte continuado, se revisará, en todo caso y de forma automática, coincidiendo con el periodo de facturación acordado, el precio inicialmente pactado aplicando la fórmula prevista, independientemente del porcentaje en el que hubiera variado el precio del combustible.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Prohibición del despido </strong></span></h3>
<p>Las empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas con ocasión de este real decreto-ley <strong>no podrán despedir</strong> por causa de fuerza mayor y por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción derivadas de la situación a la que se pretende hacer frente, hasta el 30 de septiembre de 2026. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida y la calificación del despido como nulo.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Plan de Movilidad Sostenible </strong></span></h3>
<p>La norma establece que las empresas obligadas a tener un Plan de Movilidad Sostenible que reciban ayudas directas y no cumplan con esta obligación, tendrán que devolver las ayudas recibidas.</p>
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</div>La entrada <a href="https://www.cetm.es/el-gobierno-prorroga-las-ayudas-al-transporte-de-mercancias-por-carretera/">El Gobierno prorroga las ayudas al transporte de mercancías por carretera</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Bruselas autoriza el primer paquete de ayudas al transporte en España</title>
		<link>https://www.cetm.es/bruselas-autoriza-el-primer-paquete-de-ayudas-al-transporte-en-espana/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Jun 2026 11:30:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[ayuda 20 céntimos]]></category>
		<category><![CDATA[CETM]]></category>
		<category><![CDATA[combustibles]]></category>
		<category><![CDATA[Comisión Europea]]></category>
		<category><![CDATA[conflicto Oriente Medio]]></category>
		<category><![CDATA[guerra en Irán]]></category>
		<category><![CDATA[transporte]]></category>
		<category><![CDATA[transportistas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Comisión Europea ha aprobado el régimen de ayudas estatales notificado por España por un importe de 402 millones de euros destinado al sector del transporte por carretera. Esta decisión [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/bruselas-autoriza-el-primer-paquete-de-ayudas-al-transporte-en-espana/">Bruselas autoriza el primer paquete de ayudas al transporte en España</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p data-start="420" data-end="667">La <span class="hover:entity-accent entity-underline inline cursor-pointer align-baseline"><span class="whitespace-normal">Comisión Europea</span></span> <a href="https://spain.representation.ec.europa.eu/noticias-eventos/noticias/la-comision-aprueba-una-ayuda-estatal-espanola-de-402-millones-de-eur-las-empresas-de-transporte-por-2026-06-29_es?prefLang=en" target="_blank" rel="noopener">ha aprobado</a> el régimen de ayudas estatales notificado por España por un importe de 402 millones de euros destinado al sector del transporte por carretera.</p>
<p data-start="420" data-end="667">Esta decisión supone la <strong data-start="529" data-end="562">autorización previa </strong>que necesitaba el Gobierno para proceder al pago de las ayudas previstas en el <a href="https://www.cetm.es/como-afectan-a-los-transportistas-las-medidas-del-gobierno-por-la-crisis-de-oriente-medio/" target="_blank" rel="noopener">Real Decreto-ley 7/2026</a> de 0,20 €/ litro de combustible para los beneficiarios del gasóleo profesional, así como las ayudas directas para los vehículos excluidos de este régimen.</p>
<p data-start="420" data-end="667">De esta manera, Bruselas da el visto bueno y verifica que el esquema de ayudas propuesto por España es compatible con el mercado interior y cumple las reglas comunitarias.</p>
<p data-start="420" data-end="667">La ayuda puede cubrir <strong>hasta el 70% de los costes adicionales de combustible</strong> derivados de la crisis de Oriente Próximo soportados entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2026. En el caso de los beneficiarios que no puedan acogerse a dicho régimen de devolución de impuestos, la ayuda podrá limitarse a 50.000 euros por empresa o cubrir hasta el 70% de los costes adicionales de combustible soportados entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2026.</p>
<p data-start="1058" data-end="1260">Tras conocerse la aprobación, la <span class="hover:entity-accent entity-underline inline cursor-pointer align-baseline"><span class="whitespace-normal">Confederación Española de Transporte de Mercancías</span></span> (CETM) ha pedido al Gobierno <strong>que active sin más demora los procedimientos de gestión y pago de las ayudas</strong>. Su retraso genera incertidumbre en el sector, debilita la tesorería de las empresas y dificulta la planificación en un contexto marcado por la volatilidad de los precios de la energía.</p>
<p data-start="1256" data-end="1545">La entrada <a href="https://www.cetm.es/bruselas-autoriza-el-primer-paquete-de-ayudas-al-transporte-en-espana/">Bruselas autoriza el primer paquete de ayudas al transporte en España</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Publicada la resolución provisional de ayudas al abandono para transportistas autónomos en 2026</title>
		<link>https://www.cetm.es/publicada-la-resolucion-provisional-de-ayudas-al-abandono-para-transportistas-autonomos-en-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Jun 2026 11:57:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[ayudas abandono transportistas]]></category>
		<category><![CDATA[ayudas al abandono 2026]]></category>
		<category><![CDATA[CETM]]></category>
		<category><![CDATA[empresas de transporte]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio de Transportes]]></category>
		<category><![CDATA[transportistas]]></category>
		<category><![CDATA[transportistas autónomos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Este martes se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el anuncio de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril sobre la Resolución provisional por la [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Este martes se ha <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/23/pdfs/BOE-B-2026-21413.pdf" target="_blank" rel="noopener">publicado</a> en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el anuncio de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril sobre la Resolución provisional por la que se otorgan las ayudas a los transportistas autónomos por carretera que <a href="https://www.cetm.es/publicada-la-convocatoria-de-ayudas-a-los-transportistas-autonomos-que-abandonen-la-actividad-en-2026/" target="_blank" rel="noopener">abandonen la actividad en 2026</a>.</p>
<p>Como suele ser habitual, en el Anexo 1 de dicha Resolución se incluyen los beneficiarios y en los Anexos 2 y 3 se indican las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito y por incumplimiento de requisitos respectivamente.</p>
<a href='https://www.cetm.es/add/BancoDeDocumentos/noticias/resolucion_provisional_abandono_2026.pdf' class='small-button smallgreen' target="_blank">DESCARGA LA RESOLUCIÓN AQUÍ</a>
<p>El plazo para presentar las alegaciones es de 10 días y se deberá hacer a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: <a href="https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/transporte-terrestre/ayudas-subvenciones-sector-transporte-terrestre/ayudas-abandono-sector-transporte-carretera" target="_blank" rel="noopener">https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/transporte-terrestre/ayudas-subvenciones-sector-transporte-terrestre/ayudas-abandono-sector-transporte-carretera</a> Comenzará a las 0:00 horas del día 24 de junio y <strong>finalizará a las 23:59 horas del próximo 7 de julio. </strong> Finalizado este periodo se evaluarán las alegaciones y se publicará la propuesta de Resolución definitiva.</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/publicada-la-resolucion-provisional-de-ayudas-al-abandono-para-transportistas-autonomos-en-2026/">Publicada la resolución provisional de ayudas al abandono para transportistas autónomos en 2026</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>La AEMET avisa de un episodio de temperaturas muy altas y persistentes en la Península a partir del sábado</title>
		<link>https://www.cetm.es/la-aemet-avisa-de-un-episodio-de-temperaturas-muy-altas-y-persistentes-en-la-peninsula-a-partir-del-sabado/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Magaceda Serrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 19 Jun 2026 07:54:38 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[AEMET]]></category>
		<category><![CDATA[calor]]></category>
		<category><![CDATA[CETM]]></category>
		<category><![CDATA[temperaturas]]></category>
		<category><![CDATA[transporte]]></category>
		<category><![CDATA[transportistas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha emitido un aviso ante el episodio de altas temperaturas que se espera a partir del próximo sábado 20 de junio. Según indica en [&#8230;]</p>
La entrada <a href="https://www.cetm.es/la-aemet-avisa-de-un-episodio-de-temperaturas-muy-altas-y-persistentes-en-la-peninsula-a-partir-del-sabado/">La AEMET avisa de un episodio de temperaturas muy altas y persistentes en la Península a partir del sábado</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Agencia Estatal de Meteorología (<a href="www.aemet.es" target="_blank" rel="noopener">AEMET</a>) ha emitido un aviso ante el episodio de altas temperaturas que se espera a partir del próximo sábado 20 de junio.</p>
<p>Según indica en la nota informativa, la dorsal que en estos momentos se encuentra en desarrollo sobre Europa dará lugar a <strong>una situación de bloqueo en los próximos días</strong> que favorecerá el descuelgue de una pequeña dana al oeste de la península ibérica. Estos dos elementos favorecerán el desplazamiento hacia el norte de la masa sahariana, seca y muy cálida, lo que, unido a la elevada insolación propia de esta época del año, dará lugar a un probable episodio de temperaturas muy altas y persistentes <strong>entre el domingo 21 y buena parte de la próxima semana</strong>, especialmente en los valles fluviales y depresiones del interior peninsular.</p>
<p>Se espera <strong>un nivel de peligro importante en las horas centrales del día</strong>, especialmente en actividades al aire libre y para personas vulnerables (edad avanzada, enfermedades cardiovasculares, etc.), con noches que serán también muy cálidas en amplias zonas.</p>
<p>El nivel de peligro de incendio irá en aumento, especialmente en zonas del norte, lo que vendrá unido a la posible ocurrencia de tormentas secas o con escasa precipitación. La entrada de calima y nubosidad media y alta, las posibles tormentas vespertinas y la posición de la dana, son factores que dan lugar a <strong>una elevada incertidumbre sobre la intensidad y duración del fenómeno.</strong></p>
<p>A partir del sábado 20 se espera que comience un ascenso generalizado de las temperaturas, que será muy acusado el domingo 21 <strong>en Galicia y Cantábrico</strong>, debido a la situación de sur. Con ello, <strong>es probable que se superen los 36-38 ºC en los valles interiores</strong>, sin descartar alcanzar los 40 ºC en la zona oriental.</p>
<div id="attachment_23651" style="width: 331px" class="wp-caption alignleft"><img loading="lazy" decoding="async" aria-describedby="caption-attachment-23651" class=" wp-image-23651" src="https://www.cetm.es/wp-content/uploads/2026/06/mapa_tem.png" alt="" width="321" height="252" /><p id="caption-attachment-23651" class="wp-caption-text">Mapa de avisos de la AEMET para el domingo 21 de junio</p></div>
<p>El domingo, además, <strong>se espera alcanzar los 38-40 ºC en el valle del Ebro y depresiones nororientales,</strong> así como en los valles del Tajo, Guadiana y Guadalquivir, donde con baja probabilidad podrían rozarse los 42 ºC de forma local.</p>
<p>El lunes 22 es probable que las temperaturas se mantengan con pocos cambios o ligeros ascensos, excepto en el Cantábrico, donde descenderán de forma acusada, aunque seguirán en valores altos. <strong>Es probable que este sea el día álgido del episodio en numerosas zonas</strong>, pudiendo alcanzarse los 39-40 ºC en los valles del Ebro, Tajo, Guadiana y Guadalquivir, <strong>incluso localmente los 42 ºC</strong>. Se esperan también temperaturas muy elevadas en la meseta norte, hasta 36-38 ºC; en La Mancha e interiores del sureste peninsular, en torno a 38-40 ºC, y en el interior de Mallorca, 34-36 ºC.</p>
<p>Con elevada incertidumbre, el escenario más probable actualmente es que <strong>a partir del martes 23 las temperaturas comiencen a descender de forma ligera</strong>. Sin embargo, se mantendrán en valores muy elevados durante buena parte de la semana, sin que se pueda en estos momentos determinar con precisión el final del episodio.</p>
<h3><span style="color: #000080;"><strong>Consejos </strong></span></h3>
<p>Desde la <a href="www.cetm.es" target="_blank" rel="noopener">CETM</a> recomendamos a las empresas y profesionales del transporte que hagan <strong>un seguimiento detallado de la situación</strong>. Algunos consejos para hacer frente al calor:</p>
<ol>
<li><strong>Hidratación constante</strong>: Bebe agua con frecuencia, incluso si no tienes sed. Evita bebidas azucaradas o con cafeína, ya que pueden favorecer la deshidratación.</li>
<li><strong>Revisa el estado del vehículo</strong>: Asegúrate de que el sistema de refrigeración, el aire acondicionado, los neumáticos y los niveles de líquidos (aceite, refrigerante, etc.) estén en perfecto estado.</li>
<li><strong>Protege el interior de la cabina</strong>: Utiliza el aire acondicionado de forma adecuada para mantener una temperatura confortable en el interior del vehículo. Además, emplea parasoles o cortinas térmicas para reducir la exposición directa al sol y evitar que el habitáculo se recaliente durante las paradas.</li>
<li><strong>Ropa ligera y adecuada</strong>: Viste prendas transpirables, de colores claros y de tejidos naturales como el algodón para favorecer la ventilación corporal.</li>
<li><strong>Atento a los síntomas de golpe de calor</strong>: Mareos, dolor de cabeza, debilidad, náuseas o confusión son señales de alarma. Si experimentas alguno de estos síntomas, detén el vehículo y busca un lugar fresco y sombreado.</li>
<li><strong>Mantén una alimentación ligera</strong>: Opta por comidas frescas y poco copiosas para evitar digestiones pesadas durante la conducción.</li>
<li><strong>Sigue la información actualizada</strong>: Consulta periódicamente las previsiones de la AEMET y presta atención a las alertas emitidas por Protección Civil o las autoridades locales.</li>
</ol>
<p>&nbsp;</p>La entrada <a href="https://www.cetm.es/la-aemet-avisa-de-un-episodio-de-temperaturas-muy-altas-y-persistentes-en-la-peninsula-a-partir-del-sabado/">La AEMET avisa de un episodio de temperaturas muy altas y persistentes en la Península a partir del sábado</a> apareció primero en <a href="https://www.cetm.es">Confederación Española de Transporte de Mercancías</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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