Este martes se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Anuncio de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril sobre el otorgamiento de las ayudas a los transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2026.

El listado definitivo de beneficiarios se recoge en el Anexo 1 de dicha Resolución y en los Anexos 2 y 3 se recogen las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito y por incumplimiento de los requisitos.

Se puede interponer recurso de reposición ante el secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución. También cabe la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a dicha publicación.

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Documentación

Los beneficiarios deberán presentar la documentación requerida para el abono de la subvención (baja de la autorización de transporte, del permiso de conducir, etc.)  a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y, una vez validados los mismos, se inicia el trámite del pago.

El plazo para presentar los documentos finaliza el 19 de octubre.

Ante las dudas más frecuentes, el Ministerio de Transportes publicó un FAQ para dar respuesta: https://www.transportes.gob.es/recursos_mfom/comodin/recursos/2025-09-23_faq_ayudas_abandono.pdf A partir de la página 14, se encuentran las preguntas sobre el otorgamiento de la ayuda. Asimismo, existe la posibilidad de realizar consultas a través de este formulario: https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/ayudas-y-subvenciones/ayudas-y-subvenciones-a-transportistas/ayudas-al-abandono/formulario-contacto-ayudas-abandono