La Subdirección General de Inspección de Transporte Terrestre ha emitido un documento de recopilación de los criterios utilizados a la hora de realizar controles en carretera mientras dure el estado de alarma y permanezca en vigor la normativa relacionada con el transporte por carretera derivada del COVID-19 y que ha supuesto modificaciones de calado para nuestra actividad.

 

En consecuencia, este documento recopila las instrucciones y criterios que se han trasladado a los agentes encargados del control de carretera, y que serán de aplicación mientras dure el estado de alarma ocasionado por el COVID-19.

 

En él podemos encontrar lo siguiente:

 

  • Criterios de actuación en la realización del propio control.
  • Que el transporte de mercancías se realiza sin limitación alguna.
  • Sobre las tarjetas CAP caducadas.
  • Las autorizaciones de transporte no visadas.
  • Sobre certificados de conductores de terceros países caducados.
  • Actuación ante transportes de animales vivos.
  • Sobre las tarjetas de tacógrafo caducadas.
  • La prórroga de los certificados de revisión de los tacógrafos.
  • La prórroga de los certificados de aprobación de los vehículos que transportan determinadas mercancías peligrosas.
  • Así como las exenciones de los tiempos de conducción y descanso.

 

Puedes descargarte aquí el documento completo.