En el Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales, se incluye una bonificación del pago de los aranceles notariales y del Registro de la Propiedad que se generen de la formalización e inscripción de la novación del préstamo, leasing y renting.

 

Os recordamos que para valerse de esta bonificación, debe acreditarse la existencia de dificultades financieras derivadas de la emergencia sanitaria producida por el CovId-19, entendiéndose como tales cuando el autónomo o persona jurídica haya sufrido en el promedio mensual de los meses de marzo a mayo de 2020 una reducción de ingresos o facturación de al menos un 40% respecto al promedio mensual de los mismos meses del año 2019.

 

Este periodo de moratoria de hasta un máximo de seis meses del principal de las cuotas podrá abonarse mediante la ampliación del plazo de vencimiento en un número de cuotas equivalente a la duración de la moratoria, o la redistribución de las cuotas sin modificación del plazo de vencimiento y sin alterar el tipo de interés aplicable. Además, desde ahora estará exenta del pago de los aranceles notariales y del Registro de la Propiedad.