Este martes el Gobierno ha dado luz verde en el Consejo de Ministros al Real Decreto por el que se aprueba la transferencia de 110 millones de euros a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la modernización del transporte por carretera.

Estos fondos se destinarán a la concesión de ayudas a autónomos y pequeñas y medianas empresas privadas de transporte de viajeros por carretera y a las que intervienen en el transporte de mercancías para impulsar su digitalización y la aplicación de nuevas tecnologías.

Tal y como ha destacado el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) estas ayudas son fruto del acuerdo alcanzado en diciembre con el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), del que forma parte la CETM, para contribuir a garantizar la rentabilidad del sector.

El objetivo es incrementar la eficiencia de las empresas mediante la digitalización, la sostenibilidad, la conectividad, la renovación de sistemas y la introducción de nuevas tecnologías. El MITMA estima que podrán beneficiarse en torno a 17.000 pymes con una subvención de hasta 25.000 euros por empresa.

Procedimiento

Las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla tienen un plazo de cinco meses desde la concesión de la subvención para publicar las convocatorias de las ayudas.

Una vez que se hayan publicado las convocatorias por parte de cada CC. AA., el plazo que los destinatarios tendrán para solicitarlas se extiende hasta el 30 de junio de 2024. Si bien, las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta agotamiento de los fondos.

Para facilitar la gestión se ha creado la figura de los Proveedores de Soluciones de Modernización, que son las empresas del ámbito tecnológico y digital que podrán proveer alguna de las soluciones incluidas en el Real Decreto.

Una vez aprobada la ayuda, el destinatario recibirá un “cheque moderniza”, por la cuantía correspondiente a las actuaciones para las que se solicita la ayuda. Después se procederá a la prestación de la solución de modernización por parte del Proveedor. El pago de la prestación se realizará por el destinatario último, mediante la cesión al Proveedor de la parte del «cheque moderniza» asociado al Acuerdo suscrito y el abono de la parte correspondiente de los costes no subvencionables.

Tras la prestación de la solución de modernización, el Proveedor, en nombre del destinatario último, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas.

Soluciones de modernización subvencionables

Se han establecido nueve categorías de soluciones de modernización subvencionables:

  • Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.
  • Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.
  • Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.
  • Categoría 4: Implantación de sistemas de planificación de recursos empresariales (TMS/ERP).
  • Categoría 5: Implantación de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
  • Categoría 6: Actualización de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
  • Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros.
  • Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.
  • Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.

El Real Decreto establece los contenidos mínimos de las actuaciones subvencionables de cada una de estas categorías, así como las cuantías de estas en función del tamaño del destinatario último que las solicite.

Los destinatarios últimos podrán elegir hasta un máximo de dos soluciones de modernización de entre las establecidas como elegibles para su tamaño y tipo de actividad.

Consulta el Real Decreto AQUÍ.