La CETM ha podido conocer a través de la IRU que el pasado 28 de octubre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que el nivel Lkw-Maut alemán viola la legislación europea puesto que para el cálculo del peaje de los camiones, de acuerdo con la directiva europea, solo se pueden incluir los costes de la infraestructura. Sin embargo, el Gobierno alemán también incluyó los costes de la policía de tránsito y, en consecuencia, el peaje de camiones alemán es contrario al derecho.

 

Por tanto, las empresas de transporte que operan en las carreteras alemanas sujetas a la Lkw-Maut han pagado en exceso a lo largo de estos años y pueden reclamar la parte del peaje que se basó en los gastos de la policía de tráfico. Se estima que estos costes ascienden al menos a un 4% del peaje pagado, pero aún se está calculando la tasa exacta de sobrepago.

 

Cabe destacar que el plazo de prescripción de las solicitudes de reembolso es de tres años, por lo que las empresas ya no pueden reclamar los pagos anteriores al año 2017. En el caso de los pagos que se realizaron en el 2017, el plazo de prescripción finalizará el 31 de diciembre de 2020, por lo que desde la CETM recomendamos que se proceda a su reclamación de manera urgente.

 

¿Cómo reclamar el sobrecoste de los peajes alemanes?

 

Las empresas tienes tres vías diferentes para solicitar la devolución de la parte de los peajes cobrada en exceso:

 

  • De manera individual, contactando con las autoridades alemanas en la siguiente dirección y solicitando el reembolso: Bundesamt para Güterverkehr, Postfach: 190180  50498 Köln.

 

  • Utilizando los servicios de un abogado o bufete para que presenten las reclamaciones en nombre de la empresa.

 

  • Utilizando una solución elaborada por la asociación alemana BGL  junto con el bufete de abogados Hausfeld Rechtsanwälte y el fundador del litigio eClaim. Toda la información detallada sobre este procedimiento, así como el registro, está disponible en www.mautzurueck.de. Si las empresas de transporte optan por esta opción, deberán registrarse antes del 4 de diciembre para evitar la limitación de las reclamaciones pertenecientes al año 2017.
Confederación Española de Transporte de Mercancías
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