Esta martes se ha publicado en el BOE la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se prorroga la validez de los certificados de verificaciones o mantenimientos periódicos expedidos en el ámbito de la seguridad industrial (ITV, ADR, Certificaciones APQ, etc.) y la metrología (contadores volumétricos, termógrafos, termómetros, etc.), cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización de dicho estado de alarma y sus prórrogas.

 

El objetivo es que una vez finalizado el estado de alarma, gracias a la prórroga de los certificados durante un mes, no se produzcan aglomeraciones a la hora de su renovación. 

 

Además, el permiso retribuido recuperable para los trabajadores por cuenta ajena será de aplicación a las actividades de verificación y mantenimiento de seguridad industrial y metrológica, salvo para aquellas actividades que se consideren esenciales de acuerdo con el anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo.