Tal y como adelantó la CETM, la Comisión Europea ha modificado el Reglamento de minimis que regula las cantidades máximas que los Estados miembros pueden dar en ayudas a las empresas. El nuevo Reglamento ya ha sido publicado y sustituye al que decayó el 31 de diciembre de 2023.

El Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2030 y es en el artículo 3 donde se marca la nueva cuantía que las empresas pueden recibir en un periodo de tres años, que en esta ocasión alcanza los 300.000 euros.

Asimismo, en el artículo 3 se ha eliminado la prohibición de que estas ayudas se dirijan a la compra de vehículos que se usen para el transporte público de mercancías.

Por otra parte, en el artículo 7 se indica que este nuevo Reglamento se aplica a todas las ayudas concedidas anteriormente a su entrada en vigor si cumplen con todos los requisitos y también señala que todas las ayudas que se han concedido durante la vigencia del anterior Reglamento de minimis se les aplica este nuevo Reglamento.

En consecuencia, la CETM ha consultado al Ministerio de Transportes cómo afecta esta cuestión a las ayudas al achatarramiento que estaban bajo el régimen del antiguo Reglamento de minimis.

La CETM ha reclamado durante años la eliminación de las trabas que presentaba el anterior Reglamento de minimis para las empresas del sector y, por tanto, celebra que se haya puesto fin a esta injusticia y espera que, ante estos cambios, el Gobierno español pueda abrir convocatorias de ayudas para la renovación de flotas en el transporte pesado y facilitar así el camino del sector hacia la descarbonización.