Tras la reunión mantenida entre el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), del que forma parte la CETM, y el secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, José Antonio Santano, y su equipo este viernes, fruto de las negociaciones, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado las medidas acordadas tras este primer encuentro, entre las que se incluyen los aspectos relacionados con las modificaciones en la aplicación de la fórmula de indexación de los precios del combustible, adaptando la misma y tomando como referencia para la comparación el precio del combustible sin la inclusión del Impuesto Especial ni el IVA.
En segundo lugar, se establece que para el calculo de la revisión del precio del transporte, no se pueden considerar las bonificaciones de los 20 cts. y ayudas extraordinarias y temporales contempladas en la publicación del Real Decreto Ley 7/2026, de 20 de marzo.
También se establece la obligatoriedad de aplicar la fórmula, cuando se haya producido una variación igual o superior al 5 % del precio del combustible (o umbral menor en caso de acuerdo entre las partes).
La nota emitida por el Ministerio de Transportes puede consultarse AQUÍ.
Régimen de módulos
La reunión también ha servido para que el Ministerio de Transportes confirme al CNTC que el Ministerio de Hacienda publicará próximamente una aclaración en la línea ya establecida para el año 2025. Este anuncio reviste especial importancia para el sector del transporte, tanto por producirse a escasos días del cierre del mes como por su impacto directo en el colectivo de trabajadores autónomos.
