El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado una resolución para flexibilizar temporalmente los tiempos de conducción y descanso de los conductores de transporte de viajeros y mercancías por carretera y facilitar así el restablecimiento de estos servicios tras el apagón eléctrico vivido en toda la Península Ibérica.

La medida se ha tomado tras la petición de la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), que la ha solicitado al Ministerio de Transportes con el objetivo de que los conductores puedan terminar las rutas y regresar a sus casas. Asimismo, la CETM ha reclamado a Transportes la flexibilización de las restricciones a la circulación de camiones ante el festivo del día 1 de mayo.

Las exenciones serán de aplicación durante este martes 29 de abril y a lo largo de mañana miércoles 30 de abril. La resolución se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.

El fallo generalizado en el suministro eléctrico ocurrido este lunes 28 de abril en todo el territorio peninsular ha tenido importantes consecuencias en el sector del transporte de mercancías y viajeros, cuya operatividad se ha visto seriamente afectada tanto por las grandes congestiones de tráfico en algunas ciudades como por la dificultad en las comunicaciones. Esto último ha provocado que los transportistas desconocieran información básica para su desempeño laboral como qué estaciones de servicio estaban operativas o que no pudieran comunicarse con sus sedes de operaciones.

A ello se le suma el desabastecimiento de ciertos productos para el comercio, que ha provocado un aumento en la demanda de cargas.

Por ello, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha establecido una serie de excepciones que permitirá a los conductores profesionales flexibilizar sus tiempos de trabajo y descanso con el objetivo de alargar sus jornadas laborales y que puedan finalizar los servicios de transportes sin incidencias.

Exenciones 

Las medidas acordadas son las siguientes:

  • Sustituir el límite de conducción diaria máximo de 9 horas por uno de 11 horas.
  • Sustituir el límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media por uno de 5 horas y media.
  • Reducir los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de 9 horas.
Confederación Española de Transporte de Mercancías
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