Tras el alivio de las restricciones durante las vacaciones de Navidad, los contagios han vuelto a incrementarse en nuestro país. Ante estos datos, las Comunidades Autónomas ya han comenzado a tomar nuevas medidas para intentar frenar la propagación del virus.

Por ello, para facilitar la labor de los transportistas, en la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) recopilado las restricciones que afectan a los servicios de la hostelería. Cabe destacar que la CETM ha reclamado que se tome una postura común y se permita la apertura de los establecimientos ubicados en carreteras, áreas de servicio y polígonos industriales.

Aunque algunas han establecido excepciones para este tipo de establecimientos, otras continúan sin tener en cuenta al sector. Por ello, a continuación, recopilamos toda la información al respecto.

  • GALICIA: a partir de este miércoles 17 de febrero, los restaurantes ubicados en estaciones de servicio en vías de altas prestaciones podrán abrir el interior para que los transportistas acreditados puedan comer de forma individual. Hasta ahora la Xunta solo permitía el servicio para llevar. Por otra parte, los comercios no esenciales ya no tendrán que cerrar obligatoriamente a las 18:00 horas.

 

  • ASTURIAS: El cierre de la hostelería se ha adelantado a las 20:00 horas desde el pasado 14 de enero pero, además, el Principado ha publicado nuevos criterios para decretar las restricciones en los concejos de forma individualizada. Entre dichas medidas se establece la suspensión temporal de la apertura al público de la hostelería. Sin embargo, se han establecido excepciones entre las que se encuentran los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible, centros de carga y descarga o expendedores de comida preparada. La Resolución, de 18 de enero de 2021, puede consultarse aquí. Además, en este mapa se actualizan las medidas por concejos: https://dgspasturias.shinyapps.io/panel_de_indicadores_asturias/  En cuanto al toque de queda, se amplía desde las 22:00 hasta las 06:00 horas.

 

  • CANTABRIA: El Gobierno cántabro ha prorrogado hasta el 28 de febrero el cierre del interior de la hostelería de manera que, solo se podrá seguir prestando servicio en terrazas hasta el próximo 15 de febrero. Sin embargo, hay una excepción para los establecimientos de suministro de combustible, centros de carga y descarga o expendedores de comida preparada para dar servicio a los conductores profesionales.

 

  • LA RIOJA: El Gobierno riojano ha ordenado el cierre de la hostelería y las actividades no esenciales hasta el próximo 23 de febrero, así como el confinamiento perimetral de sus 174 municipios. Si bien, en esta ocasión, permite la apertura de los restaurantes de carretera o en áreas de servicio, única y exclusivamente para dar servicio a los profesionales en el desempeño de su función que no tengan otra alternativa.

 

  • NAVARRA: El cierre de la hostelería se adelanta a las 21:00 horas pero, además, el Gobierno navarro ha anunciado que, hasta el próximo 7 de febrero, no se podrá abrir el interior de estos establecimientos y solo se podrán mantener abiertas las terrazas. Si bien, se podrá autorizar la apertura de los interiores de los establecimientos cuyos clientes sean trabajadores que realicen labores de transporte, tanto de viajeros como de mercancías, y los establecimientos ubicados en estaciones de servicio o carretera (fuera del núcleo urbano y en las principales carreteras de Navarra) que tengan aparcamiento para más de cinco camiones y que den servicios de comidas o cenas. Para facilitar la labor de los conductores, nuestra asociación en Navarra, ANET, ha elaborado una lista con los establecimientos que prestan estos servicios y sus horarios: https://www.cetm.es/add/BancoDeDocumentos/noticias/servicio_comedor_navarra.pdf

 

  • ARAGÓN: Las actividades no esenciales, entre las que se encuentra la hostelería, deben cerrar a las 20:00 horas durante la semana y viernes, sábados y domingos a las 18:00 horas.  Si bien, los establecimientos de hostelería y restauración situados en estaciones o áreas de servicio podrán permanecer abiertos después de las 20:00 horas, pero serán de uso exclusivo para los profesionales del transporte. Cabe destacar que la Orden SAN/1/2021 publicada en el Boletín Oficial de Aragón establece que los transportistas que acudan a estos establecimientos deberán presentar una declaración responsable que puede descargarse en el siguiente enlace: https://www.cetm.es/add/BancoDeDocumentos/noticias/declaracion_responsable_aragon.docx

 

  • CATALUÑA: se ha ampliado una hora el horario de apertura de los bares y restaurantes para los desayunos y comidas, pudiendo abrir en horario de 07:30 a 10:30 horas y de 13:00 a 16:30 horas. Para el servicio de las cenas, el horario no ha cambiado: de 19:00 a 22:00 horas. Sin embargo, no se han establecido franjas horarias para la restauración ubicada en áreas de servicio.

 

  • COMUNIDAD VALENCIANA: La hostelería permanecerá cerrada hasta el próximo 1 de marzo. Desde nuestra Asociación Provincial en Valencia nos han hecho llegar la Resolución, de 19 de enero de 2021, en la que se detallan las nuevas medidas y en la que se excluyen del cierre, entre otros, a los siguientes establecimientos:- Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo para el personal empleado.- Servicios de restauración en áreas de servicio de vías de comunicación, o lugares que no siendo considerados como áreas de servicio se encuentren próximos o colindantes a las carreteras, bien de forma directa, en el caso de carreteras convencionales, bien a través de enlaces, en caso de autovías y que presten servicio, todos ellos, de forma habitual a los transportistas, al personal perteneciente a servicios esenciales de cualquier tipo, incluidos los servicios de conservación y mantenimiento de carreteras. El acceso a los establecimientos citados sólo estará permitido a las personas incluidas en los colectivos anteriormente referidos. Las actividades de restauración de servicio a domicilio, o de recogida de comida y/o bebida por la clientela en el establecimiento con cita previa, se podrán llevar a cabo durante el horario de apertura habitual del establecimiento. La norma puede consultarse en: http://www.dogv.gva.es/datos/2021/01/20/pdf/2021_530.pdf

 

  • CASTILLA-LA MANCHA: esta comunidad pasa al nivel 3, por lo que se permite la movilidad entre municipios y provincias. Los bares y restaurantes podrán abrir con el 50% del aforo en las terrazas y 1/3 en los interiores. Cabe destacar que la Junta ha desarrollado un nuevo sistema para que los clientes puedan acceder a estos locales. Primero tienen que registrarse (pinchando AQUÍ) y a continuación recibirán un código QR unipersonal que les servirá para todas las veces que quieran entrar en un local de ocio. Cuando el cliente llegue al local se escaneará dicho código y, en caso de que no lo lleve, le indicarán cómo hacerlo.

 

  • MADRID: La Comunidad de Madrid ha anunciado nuevas restricciones este viernes. El toque de queda se adelanta a las 22:00 horas hasta las 06:00 y la hostelería deberá cerrar a las 21:00 horas. Si bien, permite la apertura de los establecimientos de restauración en estaciones de combustible y otros considerados esenciales.

 

  • EXTREMADURA: la Junta ha anunciado la apertura de la hostelería a partir del viernes 12 de febrero en todas las localidades de más de 3.000 habitantes que tengan una incidencia acumulada de menos de 500 casos por 100.000 habitantes. El horario en el que estos establecimientos podrán permanecer abiertos es de 07:00 a 18:00 horas. Recordamos que los servicios de restauración ubicados en establecimientos de combustible, centros de carga y descarga o expendedores de comida, están exentos de las restricciones horarias.

 

  • CASTILLA Y LEÓN: esta comunidad ha ordenado el cierre total de la hostelería, así como el cierre de los establecimientos esenciales a las 18:00 horas en los municipios que presenten una incidencia igual o superior a 1.500 por cada 100.000 habitantes. Si bien, como ocurría anteriormente, los servicios de restauración ubicados en establecimientos de suministro de combustible, centros de carga y descarga o expendedores de comida preparada, podrán abrir sus puertas “con el objetivo de posibilitar la actividad profesional de conducción”. Estas medidas se mantendrán en vigor al menos hasta el próximo 14 de febrero y pueden consultarse en: http://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/01/31/pdf/BOCYL-D-31012021-1.pdf

 

  • MURCIA: se ha publicado en el BORM la Orden, de 9 de febrero de 2021, por la que se modifican determinadas medidas establecidas ante la alerta sanitaria. La buena noticia es que en el apartado 4.4 del artículo 14 se incluyen a las zonas de restauración en áreas de servicio de autovías y otras vías de comunicación, entre las excepciones a las que se permite ofrecer los servicios de comedor. En este caso, el servicio estará dirigido exclusivamente a los transportistas profesionales en ruta. La medida puede consultarse en: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2021/numero/794/pdf?id=791340

 

  • ANDALUCÍA:  los comercios y servicios no esenciales deben cerrar en la Comunidad andaluza a las 18:00 horas. Sin embargo, la Junta sí que ha incluido en las excepciones a los servicios de restauración que se ubican en los establecimientos de combustible, centros de carga y descarga o los expendedores de comida preparada, con el objetivo de facilitar la actividad de los profesionales del sector del transporte.

 

  • ISLAS BALEARES: la hostelería permanecerá cerrada hasta el 27 de febrero y solo se permite el servicio de comida para llevar hasta las 22:00 horas, momento en el que se inicia el toque de queda.

 

  • PAÍS VASCO: el Tribunal Superior de Justicia Vasco ha anulado la decisión del Gobierno autonómico de cerrar bares y restaurantes en las zonas de mayor incidencia, puesto que no los considera un elemento de riesgo para la salud pública. En consecuencia, los establecimientos que estaban cerrados podrán reabrir sus puertas. El horario de cierre de la hostelería se mantiene a las 20:00 horas. Afortunadamente, aquellos establecimientos que se encuentren en gasolineras y áreas de servicio están exentos de cumplir con esta medida.

 

  • ISLAS CANARIAS: el Gobierno canario ha establecido un sistema de cuatro niveles de alerta y en función de la situación de cada isla cambia el horario de cierre de la hostelería. Los establecimientos que se encuentran en zonas en nivel 1 pueden cerrar a las 01:00 horas., en nivel 2 a las 23:00 horas, en nivel 3 a las 22:00 horas y en nivel 4 a las 18:00 horas.